Sobre la nueva Ley de diversidad familiar.
Como sabéis, el Ministerio de Derechos Sociales está trabajando en un la nueva Ley de Familias o de Diversidad Familiar, de la que os vamos informando a medida que vamos conociendo detalles.
El pasado jueves 3 de febrero, el Ministerio organizó el acto «Una ley para proteger a todas las familias» en el que se presentó el estudio realizado por la OCDE y recogido en un Libro Blanco que contiene un diagnóstico de la situación en España y 40 recomendaciones que el Ministerio seguirá como hoja de ruta dentro del proyecto de la Ley de Familias que, previsiblemente, verá la luz en 2022.
Las familias numerosas en esta nueva ley
Una de las propuestas recogidas es la revisión y actualización de la ley 40/2003 de protección a la familia numerosa, ampliando los modelos de familia y así ofrecer respuestas sensibles a la diversidad familiar. Suprimir la ley de protección a las familias numerosas o bien ampliarla para todo tipo de realidades familiares con una situación económico/social vulnerable, implica que se diluye la esencia del título de familia numerosa. Seremos más tipos de familia las que tendremos que compartir las exiguas ayudas y beneficios que existen en la actualidad, no viendo atendidas nuestras necesidades específicas de «familias con muchos hijos». Además, el incluir a distintos tipos de familias para acceder a estas ayudas, quizás provoque cambiar el baremo para estar o no bajo el paraguas de esta ley de familias, con criterios como la vulnerabilidad.
Os mandamos el enlace al vídeo de Youtube donde la ministra Ione Belarra junto a la ministra de Igualdad, el secretario de estado de Derechos Sociales, los diferentes expertos de la OCDE y los que han colaborado con este organismo, presentan este Libro Blanco. Os adjuntamos también el texto traducido. Para ver el texto, pulsa AQUÍ
La OCDE recomienda a España invertir más en infancia y familia y rediseñar las políticas por el bienestar de los niños.
España debe mejorar sus políticas familiares y destinar más recursos a políticas sociales dirigidas a la familia y la infancia. Esta es la principal conclusión a la que ha llegado la OCDE en el estudio que ha realizado sobre esta cuestión, a petición del propio Ministerio y que presentó el pasado jueves día 3 de febrero la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, en el marco de los trabajos de elaboración de la Ley de Familias.
La OCDE ha sido contundente en su estudio, al concluir que España debe repensar las políticas de familia y destinar más recursos, porque actualmente invierte mucho menos que la media de los países de la Unión Europea, en concreto, destina solo un 1,3% de su PIB frente a un promedio de 2,3% de la Unión y un 2,2% de la zona euro. El organismo internacional confirma además que España ocupa el tercer puesto en nivel de pobreza infantil, que afecta a un 19% de niños, frente al 12,9% de la media de países de la OCDE, lo que supone que la política familiar debe reforzarse poniendo el foco en el bienestar de los niños y niñas.
El Ministerio ha valorado muy positivamente el trabajo de la OCDE y todas las recomendaciones que hace este organismo para mejorar la política familiar en España, un asunto que, según la ministra, es “urgente” y una prioridad de todos los gobiernos. Ione Belarra ha destacado que la política familiar debe ser la política central de cualquier Gobierno porque la familia es la base de la sociedad, “el principal apoyo emocional” y la “verdadera red de seguridad social”, de cuidados, que se sustenta por las mujeres y también por los abuelos. La ministra de Derechos Sociales ha destacado el compromiso del Gobierno de mejorar la situación actual, salir del “déficit que arrastra España en infancia y familia” para que tener una familia en España sea “un poquito más fácil”, con medidas transversales que equiparen a España con el resto de Europa.
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Tramitación baja maternidad y paternidad on-line
¿Acabas de tener un hijo? Tramita online tu baja de maternidad/paternidad y evita demoras
Los trabajadores que acaban de ser padres pueden tramitar su prestación de nacimiento y cuidado de menor de forma telemática, para que sea automática y se eviten así demoras en la recepción de dicha prestación.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha puesto en marcha una campaña de información sobre este trámite, con el fin de ayudar a las familias a gestionar la prestación por hijo, así como el alta del recién nacido en la asistencia sanitaria pública.
Lo primero que se debe hacer tras el nacimiento es inscribir al hijo en el Registro Civil y solicitar a la empresa en la que el padre o madre trabaje que certifique online los periodos de descanso. A partir de ahí, el trabajador ya puede solicitar su prestación de nacimiento y cuidado de menor. Además, se puede también hacer el trámite de alta del niño en la asistencia sanitaria, obteniendo en el momento tanto la resolución de la prestación como el certificado del alta para que el hijo pueda recibir atención médica en la red pública sanitaria.
Ambos trámites se deben realizar a través del portal de la Seguridad Social sede-tu.seg-social.gob.es accediendo con certificado digital o cl@ve.
Trámite automático en menos tiempo
El trámite online supone un ahorro de tiempo y mayor comodidad para los beneficiarios, que no tienen que desplazarse y pueden resolverlo de manera automática. En caso contrario, si se desea hacer de forma presencial, es necesario solicitar cita previa y acudir a un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social, lo que puede suponer que la gestión se demore.
La Federación Española de Familias Numerosas se reunió hace unos días con técnicos del Ministerio y se interesó por este asunto, al conocer que algunas familias han sufrido retrasos en la concesión de la prestación por maternidad y paternidad. Según explicaron los técnicos, el Ministerio es consciente de dichos retrasos y tratan de resolverlos, e insisten en la conveniencia de hacer el trámite online.
Ante dudas de las familias o para más información llamar al 901 16 65 65 o al 91 542 11 76 de la Seguridad Social.
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Si estas buscando empleo o quieres avanzar en competencias digitales, FEDMA te ofrece estos talleres gratuitos online: Taller de iniciación y Taller avanzado sobre competencias digitales
Si buscas empleo o quieres adquirir competencias digitales y habilidades cara a los procesos de selección en empresas con el fin de mejorar tus destrezas y conocimientos, Fedma te ofrece estos cursos gratuitos online que constarán de 3 sesiones de zoom de 1 hora y media de duración (de 09:00 a 10:30 aprox.) los días:
- 25-26-27 de abril 2022- Taller de iniciación
- 9-10-11 de mayo 2022– Taller avanzado
Los talleres serán impartidos por Infosolutions & Internet Services, empresa especialista en tecnologías digitales y de la información, ubicada en Madrid con más de 15 años de experiencia en el sector de Internet y las nuevas tecnologías, especialistas en cloud, internet, redes sociales y son partner de Microsoft, Google y proveedores de cloud .
TEMARIO TALLER INICIACION: 25-26-27 de abril 2022
- Curriculum digital: Características y errores más comunes.
- Búsqueda de empleo en buscadores- Portales de empleo genéricos y Anuncios
- Las redes sociales aplicadas a la búsqueda de empleo: Linkedin, Mi perfil, ofertas, mensajes, INICIACION
- Herramientas para gestionar blog, iniciación.
- Posicionamiento personal en internet, perfil de marca propio. INICIACION
- Aspectos que el entrevistador deducirá de tus redes sociales.
TALLER AVANZADO SOBRE COMPETENCIAS DIGITALES: 9-10-11 de mayo 2022
- Curriculum digital: AVANZADO.
- Búsqueda de empleo en portales específicos verticales: Por Sectores de edad, actividad o profesión
- Las redes sociales aplicadas a la búsqueda de empleo: Linkedin, grupos, páginas AVANZADO
- Twitter, crear cuenta, Búsqueda de contactos, hastags, Publicaciones en Twitter
- Facebook.
- Perfil de empleado en internet. AVANZADO
- Portales de auto empleo, primeros pasos para autoempleo. AVANZADO
- Herramientas para gestionar blog, WordPress AVANZADO, crear tu propio blog
- Posicionamiento personal en internet, perfil de marca propio. AVANZADO
La inscripción debe hacerse enviando un email a : inscripcion@tallerescompetenciasdigitales.fedma.es
En el correo electrónico debéis indicar los siguientes datos:
Taller al que te quieres inscribir: Taller de Iniciación, Avanzado o Ambos
- Nombre y apellidos
- Teléfono móvil
- Edad
- Profesión
- Situación actual de empleo: Trabajando actualmente / En búsqueda activa de empleo
Contará con una página web privada para acceder a las clases grabadas y poder visualizarlas a cualquier hora.
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Estrategia de protección a la maternidad y paternidad y de fomento de la natalidad y la conciliación 2022-2026 de la Comunidad de Madrid
El pasado lunes 24 de enero de 2022 la presidenta de la Comunidad de Madrid presentó la Estrategia de protección de la maternidad y la paternidad y el fomento de la natalidad y la conciliación.
Os adjuntamos el listado de medidas, podéis verlo AQUÍ
Pero os desgranamos un resumen de las medidas que afectan directamente a las familias numerosas:
Fiscalidad
*Deducción de hasta 2.100 euros en el Impuesto de la Renta por nacimiento o adopción, y una deducción de hasta el 100% de la cuota autonómica de este impuesto durante los tres primeros años posteriores a la adquisición de la condición para las familias numerosas especiales y del 50% para las de categoría general.
*Se elevarán las cuantías exentas de tributación en concepto de mínimos por descendientes en 400 euros, hasta los 4.400 en total, por el tercer hijo, y hasta los 4.950 por el cuarto y siguientes.
*Se instará al Gobierno de España para que duplique la deducción para familias numerosas hasta los 200 euros.
*Se aplicará deducciones en el Impuesto de la Renta por las cotizaciones a la Seguridad Social de personas contratadas para el cuidado de hijos menores de 3 años de hasta 600 euros anuales para familias numerosas.
Educación
*Duplicará la cuantía del cheque educación de 0 a 3 años pasando de los 1.146 euros al año de la actualidad a los 2.658 euros anuales.
*Se ampliará el horario no lectivo en colegios e institutos públicos.
*Exención de tasas por familia numerosa y apoyo a la maternidad en procesos selectivos para acceso a la función docente, se establecerá:
- 100 por 100 de exención a los miembros de familias de categoría especial.
- 50 por 100 de exención a los miembros de familias de categoría general.
*Adaptación de los criterios de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos a las distintas situaciones familiares: familias numerosas, nacimiento en parto múltiple, familias monoparentales, acogimiento familiar y considerando al niño no nacido a efectos de obtener puntuación por el apartado de familia numerosa.
*Descuentos en la inscripción a clases desarrolladas en instalaciones deportivas y piscinas de la Comunidad de Madrid para familias numerosas. La Comunidad de Madrid aplicará descuentos del 30% en la inscripción a clases desarrolladas en instalaciones deportivas propias.
Vivienda
*Se dará prioridad de acceso al Plan VIVE a menores de 35 años, mujeres embarazadas y familias con hijos.
*Nueva deducción por adquisición de vivienda motivada por el nacimiento o adopción de hijos. Con el objeto de fomentar y favorecer la natalidad y facilitar la adquisición de viviendas por la ampliación de la familia se va a aplicar una deducción en el impuesto de la Renta del 10 por ciento del precio de adquisición de la nueva vivienda, prorrateado en 10 años, con un límite de deducción anual de 700 euros. El cambio de vivienda debe producirse en los tres años posteriores al nacimiento o adopción.
*Bonificación de la cuota gradual de la modalidad de Actos Jurídicos Documentados, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para los documentos notariales que formalicen la adquisición de viviendas por familias numerosas. Se mantendrá una bonificación del 95 por ciento de la cuota gradual, en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para los documentos notariales que formalicen la adquisición de inmuebles, por titulares de una familia numerosa, que vayan a constituir la vivienda habitual de la familia. Se exige, en caso de que la familia contase con una vivienda anterior en propiedad, que se proceda a su transmisión en el plazo máximo de 2 años desde la adquisición de la nueva, salvo que se trate inmuebles contiguos y se unan físicamente.
*Reducción del tipo de gravamen en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para la adquisición de viviendas por familias numerosas. Se mantiene un tipo impositivo reducido, del 4 por ciento, en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para la adquisición de inmuebles, por titulares de una familia numerosa, que vayan a constituir la vivienda habitual de la familia. Se exige, en caso de que la familia contase con una vivienda anterior en propiedad, que se proceda a su transmisión en el plazo máximo de 2 años desde la adquisición de la nueva, salvo que se trate inmuebles contiguos y se unan físicamente.
Transporte
*Se mantendrán los beneficios de los niños, jóvenes y familias numerosas en el Abono Transporte
Título FN
*Consideración del concebido como nacido y como un miembro más de la unidad familiar
*Mantenimiento y renovación del reconocimiento de familia numerosa: renovaremos el título de familia numerosa por cuatro años cuando el menor continúe sus estudios, sujetando su vigencia al mantenimiento de los requisitos que dan derecho a esta prórroga mediante declaración responsable
Otras
*Puesta en marcha de una herramienta telemática para consultar los servicios y las ayudas de las que dispone de la Comunidad de Madrid para apoyar la natalidad, la maternidad/ paternidad y la conciliación.
*Iniciativas dirigidas a trasladar una visión positiva de la maternidad y de la paternidad: Desde el ámbito público se impulsarán actuaciones dirigidas a trasladar una visión positiva de la maternidad, la paternidad y la familia a través de manifestaciones de índole educativa, cultural, artísticas y de ocio, así como a través de los medios de comunicación.
Nos interesaría mucho conocer vuestra opinión o comentarios sobre estas medidas y también vuestras propuestas, así que podéis enviarnos un correo. Con todos los mails recibidos elaboraremos un documento que trasladaremos a FEDMA para aglutinar las opiniones de todas las familias numerosas de la Comunidad de Madrid y que se intentará presentar ante la Comisión interdepartamental en la que se ha gestado esta Estrategia.
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Ayudas a la natalidad de la Comunidad de Madrid
Desde el pasado día 1 de enero se pueden solicitar las ayudas a la maternidad que ofrece la Comunidad de Madrid, una de las medidas para el fomento de la natalidad que ha puesto en marcha el Gobierno regional.
Estas ayudas pueden solicitarlas las madres menores de 30 años con rentas inferiores a 30.000 € y percibirán 500 € mensuales desde el quinto mes de embarazo hasta que el niño cumpla 2 años.
Para solicitar esta ayuda hay que reunir los siguientes requisitos en el momento de la solicitud:
- Ser español/a o extranjera/o con residencia legal en España. Las personas extranjeras que residan en la Comunidad de Madrid podrán beneficiarse de esta prestación siempre que cumplan los requisitos establecidos en la presente norma.
- Tener 30 años o menos.
- Residir y estar empadronado de forma ininterrumpida en la Comunidad de Madrid durante al menos los 10 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud y mantener su residencia en la Comunidad de Madrid durante la percepción de las ayudas. A efectos del cómputo del plazo exigido se tendrán en cuenta todos los municipios de la Comunidad de Madrid en los que la persona solicitante hubiera estado empadronada.
- No superar los 30.000 euros anuales de renta en tributación individual o los 36.200 euros anuales de renta en tributación conjunta para toda la unidad familiar en la declaración del IRPF del último período impositivo con plazo de presentación vencido en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda. A estos efectos, el concepto de unidad familiar es el que define la normativa aplicable al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- No estar incurso en alguna de las prohibiciones de recibir ayudas según las normas establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Aquí podéis encontrar toda la información
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Resuelve tus dudas sobre el «complemento de crianza»
La nueva ayuda por hijo, el llamado «complemento por crianza» que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2022, ha generado dudas en cuanto a los requisitos y procedimiento para solicitarla. Con el fin de ayudar a las familias a saber quién y cómo acceder a la nueva prestación, hemos elaborado 10 preguntas y respuestas con lo más destacado.
1) ¿Qué es el complemento por crianza?
Es una nueva ayuda mensual por hijo, que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2022, para apoyar en los gastos de crianza a las familias con hijos y menos ingresos.
2) ¿Quién puede recibir esta ayuda?
Es una ayuda dirigida a las familias que reciben el Ingreso Mínimo Vital o “Protección Familiar”, a las que se les aplicará de forma automática. Además, pueden optar a ella otras familias que no reciban estas rentas o ayudas sociales y no superen un determinado nivel de ingresos y patrimonio.
3) ¿De cuánto es la ayuda?
La cantidad por hijo va en función de la edad de los hijos. Por cada hijo de 0 a 3 años, la ayuda es de 100 euros al mes; por cada hijo de 3 a 6 años, 70 euros mensuales; y para hijos mayores de 6 años y menores de 18 años, se recibirán 50 euros al mes por cada uno.
4) ¿Debo solicitarla o me la dan directamente por tener hijos?
La ayuda se concede automáticamente a todos los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV), que no tienen que solicitarla, la recibirán a partir de febrero de 2022. También se aplicará de manera automática a los solicitantes de IMV que tengan el expediente en trámite y a los beneficiarios de Protección Familiar (PF), cuya unidad de convivencia esté constituida exclusivamente por los que miembros que figuran en el expediente de Protección Familiar y cumplan los requisitos.
5) Entonces, ¿en qué casos hay que pedirla?
Cuando no se esté recibiendo el IMV ni PF, pero se tenga derecho a esta nueva ayuda por renta, es decir, cuando se tengan hijos hasta 18 años y no se superen los límites de renta y patrimonio establecidos. En ese caso, hay que hacer una petición formal de la ayuda, con el correspondiente impreso de solicitud (el mismo que para pedir el Ingreso Mínimo Vital), declaración de ingresos y documentación que corresponda.
6) Cómo puedo saber si me corresponde la ayuda por renta, ¿hay alguna tabla de ingresos que se pueda consultar?
Sí, hay unas tablas de renta y patrimonio publicadas por la Seguridad Social en la propia solicitud, pueden consultarse en la página 15 del impreso, aquí
7) En el caso del patrimonio, ¿se cuenta como patrimonio la vivienda en la que se vive?
No, para el cálculo del patrimonio, queda excluida la vivienda habitual
8) ¿Cómo y dónde se solicita la ayuda?
La nueva ayuda por crianza se solicita en la Seguridad Social, utilizando el mismo impreso de solicitud del IMV. Se puede tramitar telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, aquí, o descargar el impreso de solicitud del IMV aquí y presentarlo presencialmente en un Centro de Información y Atención al Ciudadano, previa petición de cita a través de los teléfonos 901 10 65 70 – 91 541 25 30
9) ¿Es compatible con la prestación por hijo?
Ambas prestaciones son incompatibles por lo que si todavía se percibe la prestación por hijo a cargo, que está en fase de extinción, habrá que decidir optar por una u otra, en función de la que resulte más beneficiosa.
10) ¿Hay algún servicio de información de la Seguridad Social en el que pueda consultar o aclarar dudas sobre esta ayuda, requisitos, etc.?
Se ha habilitado un teléfono de información de la Seguridad Social sobre esta ayuda: 900 20 22 22.
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Nuevo complemento de ayuda para la infancia
El Gobierno ha puesto en marcha el complemento de ayuda para la infancia, una nueva ayuda por hijo, ligada al Ingreso Mínimo Vital, que también podrán recibir familias que no superen un determinado nivel de ingresos, en concreto, aquellas cuyos ingresos en el ejercicio inmediatamente anterior al de la solicitud sean inferiores al 300% de la cuantía garantizada por el Ingreso Mínimo Vital (ver cantidades en página 15 del impreso de solicitud, aquí).
Para una familia numerosa tipo, formada por 2 adultos y 3 hijos, los ingresos en 2021 no podrán ser superiores a 38.934,85 euros. En el caso de tener 4 o más hijos, se contará la misma cantidad, ya que no se ha previsto un incremento mayor para las familias con más hijos, lo que ha sido criticado desde la Federación Española de Familias Numerosas, que considera que si hay más hijos se debería considerar una renta mayor, en justa proporción al número de miembros de la familia.
Además de los ingresos, se tiene en cuenta el patrimonio neto de la familia, que debe ser inferior al 150% de los límites establecidos con carácter general (excluida la vivienda habitual), siempre que además se cumpla el límite de activos no societarios establecido para la unidad de convivencia. Ver tabla con cuantías, aquí.
Cuantías de la ayuda
La ayuda, que se concederá y aplicará automáticamente a los perceptores del IMV sin que haya que hacer ninguna solicitud, tendrá diferente cuantía en función de la edad de los menores (edad cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio), con arreglo a los siguientes tramos:
- Menores de tres años: 100 euros.
- Mayores de tres años y menores de seis años: 70 euros.
- Mayores de seis años y menores de 18 años: 50 euros.
Además de los beneficiarios del IMV y las familias que no superen los mencionados ingresos, también pueden percibir este complemento las unidades de convivencia que estén dentro del programa de Protección Familiar o reciban la antigua prestación por hijo a cargo, que quedará a extinguir, según informa la Seguridad Social en su página web, indicando que ambas prestaciones son incompatibles y que en caso de que coexistan se optará por la más alta y conveniente para el beneficiario.
Solicitudes online
En el caso de familias que solicitan la ayuda por hijo por ingresos, sin ser perceptoras del IMV o de Protección Familiar, sí será necesario solicitar expresamente dicha ayuda en el INSS, descargando el impreso online aquí (es el mismo impreso de solicitud que se usa para pedir el Ingreso Mínimo Vital). Por el contrario, no tienen que solicitar el complemento, puesto que se reconocerá de oficio por el INSS con efectos de 1 de febrero de 2022, los actuales perceptores de IMV; los solicitantes de IMV que tengan el expediente en trámite, y los beneficiarios de Protección Familiar cuya unidad de convivencia esté constituida exclusivamente por los miembros que figuran en el expediente de Protección Familiar y cumplan los requisitos.
No a través de la Agencia Tributaria
En varios medios se ha indicado que la ayuda a la infancia se debía solicitar a la Agencia Tributaria a través del Modelo 140, pero no es correcto; esta prestación se gestiona a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), y es a este organismo a quién debe solicitarse en caso de que no se reciba de manera automática (beneficiarios del IMV y PF). Más información en el 900 20 22 22.
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Zoo Aquarium de Madrid
Durante este fin de semana, sábado 8 y domingo 9 de enero podréis disfrutar del Zoo Aquarium con tarifa plana familiar de 49€/familia
La época más entrañable para disfrutar en familia, la Navidad, ya está en Zoo Aquarium de Madrid y este año, con dos habitantes muy especiales, nuestros gemelos panda. Si no los conoces aún o quieres verles de nuevo en la cuna instalada en la pagoda, qué mejor momento que su primera Navidad, aquí en Madrid. Descubre de cerca a los gemelos panda y aprende todo sobre esta fascinante especie y su programa de conservación.
*Imprescindible presentar el carnet del Plan+Familia y el DNI en taquilla para acceder a la promoción
DÍA: Sábado 8 y Domingo 9 de Enero
DIRECCIÓN: Casa de Campo, s/n, 28011 Madrid
COSTE: 49€/ familia
HORARIO:11:00 a 18:00h
*No acumulable a otras promociones.
*No necesita inscripción
Información Covid 19 – Protocolo de seguridad
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Ahora los cupones de El Corte Inglés e Hipercor, también válidos en Supercor y Superior Express
Ya sabéis que cada mes El Corte Inglés te ofrece un cupón de 10 € canjeable en compras superiores a 60€ en alimentación, limpieza y perfumería. A partir de este mes de enero, también podrás canjear los cupones en Supercor Exprés y Supercor Supermercados, además de los establecimientos Hipercor o el Supermercado El Corte Inglés. Estos cupones son válidos en tienda, web o app.
Si aún no los recibes, sólo tienes que darte de alta aquí
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Ganadores II Concurso Virtual de Belenes en Familia
Los ganadores del II Concurso Virtual de Belenes en Familia de este año han sido:
Categoría Infantil: Familia Cabrera Gutierrez, una familia numerosa que monta su belén lleno de detalles y de figuras que van comprando en los distintos sitios que visitan durante sus viajes familiares.
Aquí tenéis su belén:
Categoría Familiar:
- 1º premio: Familia Huete Marcilla
- 2º premio: Familia García Suaréz
- 3º premio: Familia Jiménez Rodríguez
Muchas gracias a todos por participar y compartir con nosotros vuestros belenes!
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