Publicada la resolución definitiva de la concesión o denegación de las Ayudas de Material escolar del curso 2025/26
Con fecha 5 de enero se ha publicado la resolución de concesión o denegación de las Ayudas para las familias para la adquisición de recursos didácticos y material escolar del curso 2025/2026.
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AFAN Pozuelo se une a la Ruta de Belenes de Pozuelo
Un año más, la Asociación de Belenistas de Pozuelo de Alarcón nos invita a participar en la VIII Ruta de Belenes y Dioramas, con la que recorreremos las calles de nuestra ciudad visitando los belenes y dioramas que con esmero e ilusión exponen los comercios del centro. Una oportunidad única para conocer y experimentar la amplia tradición belenista de Pozuelo y descubrir el trabajo artesanal detrás de cada belén y diorama.
Disfrutaremos de esta Ruta en un recorrido guiado por los maestros Belenistas el viernes 19 de diciembre.
- Horarios y programa:
- 17:50: Punto de encuentro en la plaza del Padre Vallet (junto al árbol de Navidad)
- 18:00: Actuación de coros locales
- 18:15: Inicio del recorrido guiado
- 20:30: Fin de la visita
¡Os esperamos a todos!
Podéis confirmarnos vuestra asistencia en info@afanpozuelo.com o en el WhatsApp de AFAN Pozuelo 681677431
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Aviso: bonificación de IBI para familias numerosas en 2026
Si vuestro Título hubiera sido renovado en 2025, debéis solicitar de nuevo la aplicación de la bonificación antes del próximo día 31 de diciembre, para que os la sigan aplicando en el próximo ejercicio y hasta el año de vigencia del nuevo título renovado.
Desde el Ayuntamiento de Pozuelo nos comunican que han enviado una carta a las familias que, siendo titulares de familia numerosa y venían disfrutando de bonificación en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el título aportado junto con la solicitud tenía fecha de caducidad en este año.
Es importante hacer esta gestión para no perder la bonificación de IBI y además para poder obtener la bonificación de la Tasa de Basuras aprobada para 2026, pues ésta se aplicará de oficio a aquellas familias numerosas que tengan concedida la bonificación del IBI.
Os adjuntamos la carta que se ha enviado desde el Organo de Gestión Tributaria a las familias:
Estimad@ contribuyente:
De acuerdo con los datos obrantes en nuestros ficheros, figura usted como beneficiario, respecto del inmueble abajo referenciado, hasta el presente ejercicio 2025, de la bonificación que para familias numerosas prevé nuestra vigente Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.El disfrute de esta bonificación se encuentra condicionado a ciertos requisitos, entre ellos la vigencia del título de familia numerosa y ser titular del inmueble.Si el título de familia numerosa que presentó junto con la solicitud de bonificación tenía vigencia hasta este año y lo hubiera renovado o le ha sido renovado de forma automática (conforme a la Resolución 2832/2022, de 12 de septiembre, de la Directora General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad), le recordamos que para seguir disfrutando de la bonificación deberá presentar, si no lo hubiera hecho todavía, una nueva solicitud, aportando copia del título renovado (que puede obtener bien de la app de tarjeta de familia numerosa de la Comunidad de Madrid, bien de la sede electrónica de esta Comunidad).En caso de que no tuviera aún el título renovado podrá solicitar la bonificación con el justificante de haber solicitado la renovación[1] y en el momento en el que obtenga el título deberá presentarlo ante esta Administración. El plazo para presentar la solicitud vence el próximo día 31 de diciembre de 2025[2].Si hubiera adquirido otro inmueble que vaya a constituir su vivienda habitual en este municipio, le recordamos que deberá presentar nueva solicitud de bonificación para el nuevo inmueble.Podrá encontrar en nuestra página web (www.pozuelodealarcon.org) toda la información y el modelo de solicitud (en el apartado: Más servicios / Hacienda / impuestos, tasas y precios públicos / Bonificaciones).Para solucionar cualquier duda estamos a su disposición en la Oficina de Atención Integral al Contribuyente (sita en la casa consistorial, Plaza Mayor s/n); tfnos 914522704, 914522705, 914522719 o 914522700 ext.2469, de lunes a viernes en horario de 09:00 a 14:00h email: att.contribuyente@pozuelo.madrid
[1] Se admitirá como justificante la solicitud presentada ante la administración debidamente registrada, pero no el justificante de haber solicitado cita previa para la renovación. Se recuerda que la normativa reguladora de la materia permite que pueda solicitarse la renovación del título de familia en los tres meses anteriores a la finalización de su período de vigencia.[2] Consulte horarios y días hábiles de apertura de los registros públicos o, en su caso, el cómputo de plazos en el registro electrónico (art. 31 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
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Ayudas por nacimiento tercer cuatrimestre 2024: periodo de subsanación abierto
Se acaba de abrir el periodo de subsanación defectos u omisiones de las solicitudes de ayudas por nacimiento o adopción correspondientes al tercer cuatrimestre de 2024 (niños nacidos entre el 1 septiembre y el 31 de diciembre de 2024). El plazo de subsanación es de 10 días (hasta el 24 de septiembre).
Debéis de consultar el listado que se adjunta en el anuncio y verificar cual es el defecto o la omisión de vuestra solicitud (aparece el código en el recuadro derecho)
Por ejemplo: 8.5, 4.1.2, 4.1.3, 4.2.
4.1.2:
Los dos progenitores, adoptantes o acogedores deberán estar empadronados en Pozuelo de Alarcón y al menos uno de ellos, con una antigüedad mínima de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento.
4.1.3:
Será necesario acreditar que los solicitantes son propietarios, arrendatarios o titulares de algún derecho real de uso o disfrute de una vivienda en Pozuelo de Alarcón durante el periodo de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento y, al menos, hasta el fin del plazo de presentación de solicitudes.
4.2:
Los beneficiarios de la ayuda deberán estar al corriente de las siguientes obligaciones, a la fecha de finalización del plazo de presentación de las subsanaciones:
4.2.1. Obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 4.2.2 Obligaciones con la Seguridad Social.
4.2.3. Obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
Nota informativa
Principales puntos de la convocatoria de las Ayudas de nacimiento, adopción o acogimiento, que habitualmente son motivo de subsanación:
- 4.1.2 No queda acreditado el requisito de padrón (2 años anteriores al nacimiento del bebé).
- 4.1.3 No queda acreditado el requisito de derecho de uso y disfrute de vivienda (2 años anteriores al nacimiento del bebé).
- 4.2 No se han podido comprobar las deudas (falta de autorización por no presentar ANEXO I).
- 4.2.1 Tiene Obligaciones Tributarias con Hacienda.
- 4.2.2 No estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
- 4.2.3 No estar al corriente de pago con Ayto. de Pozuelo de Alarcón.
- 8.5 No aporta ANEXO I (obligatorio en todos los casos) con la firma de los progenitores.
- 9.6 Necesario presentar el libro de familia o certificado de nacimiento.
Ver anuncio de subsanación y listado
Convocatoria Ayudas nacimiento
Si tenéis alguna consulta, podéis contactar con nosotros.
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Fotomatón Familiar de AFAN Pozuelo en el Día del Niño este domingo 1 de junio
Este domingo día 1 de junio os esperamos a todos en nuestra carpa con el Fotomatón Familiar para celebrar el Día del Niño.
La celebración del Día del Niño, que este año cumple su edición 30, es ya un clásico en Pozuelo. Organizada por el Ayuntamiento reúne a muchas entidades, organismos públicos, concejalías, clubes, asociaciones y fundaciones que realizarán exhibiciones, talleres, actuaciones y actividades con el objetivo de que los niños de Pozuelo disfruten de una jornada en la que los protagonistas son ellos.
AFAN Pozuelo se une un año más a esta celebración y estaremos durante todo el día en nuestra carpa del Parque Prados de Torrejón con el Fotomatón Familiar, para que os llevéis un divertido recuerdo de esta jornada haciéndoos un retrato con familia y amigos en nuestro Fotomatón. Con muchos de ellos crearemos nuestro mural de las Familias de Pozuelo en el Día del Niño.
El año pasado fue un gran éxito e hicimos muchísimas fotos divertidas ¡lo pasamos genial!
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Ayudas por nacimiento en Pozuelo, 2ª convocatoria
Os comunicamos que dentro de unos días se abre el plazo de solicitud de las Ayudas por nacimiento, adopción o acogida que ofrece el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón para los niños nacidos, acogidos o adoptados en el primer trimestre de 2025 (entre el 1 de enero y 30 de abril de 2025).
Id preparando la documentación para presentarla cuanto antes dentro del plazo establecido, que es muy reducido.
- Para los nacidos, adoptados o acogidos en el período comprendido entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2024, el plazo de presentación de solicitudes será del 26 de mayo al 6 de junio del 2025. (convocatoria cerrada)
- Para los nacidos, adoptados o acogidos en el período comprendido entre el 1 de enero y 30 de abril de 2025, el plazo de presentación de solicitudes será del 16 al 27 de junio de 2025.
- Para los nacidos, adoptados o acogidos en el período comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de agosto de 2025, el plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 15 de septiembre de 2025.
Normalmente, la documentación a aportar junto a la solicitud es:
- Libro de Familia o certificación del Registro Civil que acredite la composición de la unidad familiar. Las personas extranjeras que no dispongan de la anterior documentación, con certificado del consulado o embajada en España de su país, donde conste el matrimonio, filiación, fecha de nacimiento, discapacidad, estado civil y nivel de ingresos familiares.
- Resolución judicial o administrativa acreditativa de la adopción o acogimiento.
- Convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio.Resolución judicial, denuncia por impago de alimentos o cualquier otro documento que acredite que el menor está a cargo, exclusivamente, del solicitante, si en el Libro de Familia constan dos progenitores (familia monoparental).
- Certificado que acredite el supuesto de movilidad geográfica por razones laborales
- Contrato de arrendamiento y prórrogas
- Declaración jurada y fotocopia del DNI del titular de la vivienda, y acreditación de la titularidad de la misma
- Nota simple registral que acredite la titularidad de la vivienda
- Para el supuesto en que se alegue la discapacidad del nacido o adoptado, certificado/resolución acreditativo/a de que tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 33% (*)
Estas ayudas van desde los 1.500 hasta los 2.700 €.
Os seguiremos informando!
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Renovación del Convenio de Colaboración de AFAN con el Ayuntamiento de Pozuelo
La semana pasada se firmó la renovación del acuerdo que AFAN Pozuelo mantiene con el Ayuntamiento de Pozuelo desde hace años. La alcaldesa, Paloma Tejero y el presidente de la asociación, Enrique Ulecia, firmaron el acuerdo en un acto en el que también estuvo presente la concejal de Familia, Eva Cabello y miembros de la Junta Directiva de AFAN Pozuelo.
En virtud de este acuerdo, ambas partes se comprometen a seguir impulsando actividades dirigidas a las familias y, de forma especial, a las numerosas, tales como la celebración de actos, congresos, cursos o jornadas de interés, entre otros. Por su parte, el Ayuntamiento difundirá y apoyará las iniciativas que dicha asociación organice y facilitará espacios municipales para la realización de actividades que tengan como finalidad el apoyo a la familia. Y, de la misma manera, AFAN Pozuelo dará a conocer las actividades municipales a través de los miembros de su asociación, entre otros.
Este acuerdo se suma a la cesión de un despacho que el Ayuntamiento ofrece a esta entidad en el Espacio Familia para el desarrollo de su actividad y la atención a las familias del municipio en el que estamos a vuestra disposición de lunes a jueves de 10:00 a 14:00 horas.
¡Seguimos trabajando por las más de 3.700 familias numerosas de Pozuelo!
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Ciclo conferencias para familias con hijos en edad infantil
El Ayuntamiento de Pozuelo ha organizado un ciclo de conferencias para familias del municipio con hijos entre los 0 y 6 años:
- “Del caos a la calma: el poder de las rutinas en niños. Cómo acompañar en las rabietas” – martes 4 febrero de 2025.
Lugar: Auditorio del Espacio Familia (C/ Volturno 2, 28223 Pozuelo)
- “Semillas de comunicación: fomentando el lenguaje en los primeros años” – miércoles 26 febrero de 2025.
- “Pequeños ojos, grandes riesgos: como proteger a nuestros pequeños del mundo digital” – martes 18 marzo de 2025.
- “Creciendo en movimiento: la magia del desarrollo psicomotor en la primera infancia” – miércoles 9 abril de 2025.
- “Descubriendo la paternidad: consejos esenciales para nuevos padres” – martes 6 mayo de 2025.
Horario: de 17:30 a 18:30 h.
Ubicación: pendiente de confirmar.
*No requiere inscripción previa.
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Periodo subsanación abierto de las Ayudas de nacimiento del Ayto. de Pozuelo del 1º cuatrimestre de 2024.
Atención familias:
Hoy jueves día 26 de septiembre se ha abierto el periodo para subsanar las ayudas de nacimiento del Ayuntamiento de Pozuelo correspondientes al primer cuatrimestre de 2024 (niños nacidos, adoptados o acogidos entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2024).
Si habéis solicitado esta ayuda, debéis consultar el listado adjunto para verificar que NO os encontréis en él. Si aparecéis en el listado, es que hay un defecto en la solicitud y tenéis que comprobar los números que aparecen en la columna de de la derecha, que se corresponden con los puntos de la convocatoria (adjunta).
El plazo para subsanar es de 10 días, así que finaliza el 9 de octubre!!!!
Por ejemplo: 4.1.3
Mirás el punto 4 de la convocatoria:
- Será necesario acreditar que los solicitantes son propietarios, arrendatarios o titulares de algún derecho real de uso o disfrute de una vivienda en Pozuelo de Alarcón durante el periodo de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento y, al menos, hasta el fin del plazo de presentación de solicitudes.
Los propietarios de la vivienda podrán autorizar al Ayuntamiento a consultar los datos relativos al Impuesto sobre Bienes Inmuebles y a los datos de titularidad catastral con el fin de comprobar el citado hecho durante el período de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento y. En caso de no otorgar la autorización, deberán aportar la documentación correspondiente.
Los arrendatarios acreditarán dicha situación durante el período de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento y, con el contrato de arrendamiento y sus prórrogas. Cuando el domicilio que figure en el contrato de arrendamiento no coincida con el que conste en la declaración del IRPF, prevalecerá el domicilio fiscal declarado por el arrendatario ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Los solicitantes que vivan a título gratuito en una vivienda de una persona física familiar de hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad, acreditarán dicha situación con la declaración jurada de éste, su identificación personal, así como la titularidad de la vivienda y por el período de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento.
En este supuesto de disfrute de un inmueble con carácter gratuito, la declaración jurada de la persona física titular de la vivienda deberá referirse al inmueble que los solicitantes hayan declarado como vivienda habitual en la declaración del IRPF. En caso de discrepancia entre ambos documentos, prevalecerá lo declarado ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Cuando por causas debidamente justificadas el interesado no tenga obligación de presentar declaración del IRPF, se tendrá acreditado el derecho de uso gratuito con la declaración responsable de la persona física a que se ha hecho referencia anteriormente.
Ejemplo: 9.5
| Asimismo, la solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos: Nº | Documentación a aportar | Posibilidad de autorizar su consulta al Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón |
| 9.5. | Libro de Familia o certificación del Registro Civil que acredite la composición de la unidad familiar. Las personas extranjeras que no dispongan de la anterior documentación, con certificado del consulado o embajada en España de su país, donde conste el matrimonio, filiación, fecha de nacimiento, discapacidad, estado civil y nivel de ingresos familiares. | NO |
Así que en este caso, falta por aportar el Libro de familia.
Si tenéis alguna duda, podéis contactar con nosotros en el 91 351 8145
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Aprobada la Tasa de Basuras en Pozuelo
El pasado jueves 19 de septiembre, el Pleno del Ayuntamiento de Pozuelo aprobó definitivamente la Tasa de gestión de residuos.
- Esta nueva tasa va a entrar en vigor para este último trimestre del año.
- La directiva europea exigía su implantación antes de abril de 2025.
- Pozuelo de Alarcón es uno de los primeros municipios de la zona noroeste en implantarla.
- Las alegaciones presentadas por la Asociación de Familias Numerosas de Pozuelo durante el periodo de información pública han sido desestimadas.
Desde la Asociación de Familias Numerosas de Pozuelo hemos estado muy pendientes de este asunto y llevamos tiempo trabajando en ello.
Ya en el mes de enero 2024 dirigimos sendas cartas a las concejalas correspondientes para que esta nueva tasa no perjudicara especialmente a las familias numerosas pues a través de nuestra Federación Nacional ya empezábamos a recibir información sobre algunos casos de otros ayuntamientos de España que estaban utilizando el criterio del número de personas empadronadas en el domicilio para el cálculo de la tasa.
En cuanto a otros municipios vecinos, en Boadilla del Monte, su alcalde Javier Úbeda, ha asegurado que retrasará la implantación de esta nueva tasa lo máximo posible e, incluso, aprobó una moción en el pleno del mes de abril solicitando al Gobierno central la redacción de un nuevo Proyecto de Ley. En el caso de Majadahonda, su ayuntamiento ha decidido retrasarla hasta enero 2025, aunque en las Rozas ya ha sido implantada modificando la tasa de basuras existente.
El proyecto aprobado por el Ayuntamiento en Junta de Gobierno de Julio 2024 tuvo en cuenta nuestra solicitud, y así lo reflejó en los primeros informes, por lo que estableció para el cálculo de la tasa una cuota fija (83% del total) determinada por el número de metros según catastro (a razón de 0,94276 €/m2) y no por número de personas empadronadas, pero sin tener en cuenta que en este criterio perjudicaba a nuestro colectivo por la sencilla razón de que, en general, nuestras casas son más grandes al residir en ellas un elevado número de personas.
En el mismo proyecto aprobado, se establece una cuota variable para el cálculo de la tasa (17%) según otros criterios, como el peso de los residuos generados por zonas y el nº de habitantes por número de policía, lo que claramente introduce el matiz de que las familias numerosas perjudicamos a nuestros vecinos en las viviendas colectivas, donde esa cuota variable se repartirá entre todos los vecinos del mismo número de policía.
En cuanto a bonificaciones, el texto aprobado sólo recoge bonificaciones para viviendas que utilicen sistemas de compostaje (10% de bonificación) y para personas vulnerables en riesgo de exclusión (25% de bonificación).
Con estos argumentos, la Asociación de Familias Numerosas presentó una alegación en el periodo de información pública al que se sometió esta normativa solicitando la modificación del cálculo de la cuota variable y además solicitando una bonificación para las familias numerosas en esta tasa, similar a la existente en el IBI, pues consideramos que se deben establecer bonificaciones para las familias numerosas para compensar y equilibrar en parte los gastos y para garantizar una mayor igualdad de oportunidades en el acceso a bienes y servicios, de conformidad con la Ley 40/2003, de Protección a las Familias Numerosas. En línea con el espíritu que marca la ley, y con lo recogido en la Carta Magna (artículo 39), que establece que los poderes públicos garantizarán la protección económica y social de la familia, entendemos que dicho apoyo puede establecerse mediante la reducción de precios en las tasas e impuestos para aliviar la carga económica de nuestros hogares, dado el desequilibrio económico con el que cuentan respecto a otros hogares derivado del esfuerzo económico, personal y familiar en la atención, cuidado y educación de los hijos.
En nuestra alegación, aludíamos a un informe técnico elaborado por el Ministerio de Hacienda que abre la vía a implantar bonificaciones en esta tasa y también mencionábamos buenas prácticas de otros ayuntamientos españoles que están estableciendo bonificaciones para las familias numerosas.
Finalizado el periodo de información pública, el Ayuntamiento de Pozuelo celebró una comisión sobre este asunto y en ella se analizaron las alegaciones presentadas, incluida la nuestra y se presentó un informe con la justificación de la DESESTIMACIÓN de todas ellas.
Tras nuestra sorpresa inicial, hemos tenido contacto con el Ayuntamiento para manifestar nuestra decepción. Se han justificado por la obligatoriedad de la implantación de la tasa y la complejidad de su desarrollo, y sostienen que han tenido en cuenta a nuestro colectivo.
También hemos tenido la oportunidad de intercambiar impresiones al respecto con algunos grupos municipales.
Asistimos al Pleno del Ayuntamiento donde comprobamos de primera mano cómo se ha aprobado el “tasazo” con los votos a favor de todo el grupo del PP, los votos en contra de Vox, Somos Pozuelo y PSOE y 2 abstenciones.
Esperamos que el Ayuntamiento de Pozuelo rectifique y tenga a bien modificar cuanto antes la ordenanza atendiendo nuestras demandas, y elabore un nuevo texto que no parta de la premisa errónea “una persona, un contaminador” que a nosotros nos puede llegar a estigmatizar. Las familias numerosas sabemos mucho de economías circulares, pues estamos muy acostumbrados a dar un uso prolongado a las cosas y a no derrochar, así como a reutilizar constantemente ropa, juguetes, libros, etc.
Por todo ello pensamos que la futura ordenanza deberá premiar a quien actúe de forma responsable y, por qué no, bonificar también a las familias numerosas que no dejamos de ser un activo importante para la revitalización y el desarrollo económico y social de nuestro municipio, especialmente ante el declive demográfico actual.
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