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Tag: bonificaciones familias numerosas

Información para nuestras familias

viernes, 11 julio 2025 por Afan Pozuelo

Estas son las principales bonificaciones para las familias numerosas. Recuerda que si tu Titulo caducó y se ha renovado, debes de comunicarlo en cada organismo para no perderlas.

–IBI: solicitarlo en el Ayuntamiento de Pozuelo. Hay que solicitarlo antes de que acabe el año para el ejercicio siguiente. Toda la info Bonificación IBI familias numerosas Pozuelo

–Agua: solicitarlo al Canal de Isabel II.  Si es un piso o una urbanización o una casa sola. Hablar con el administrador o solicitarlo directamente si vive en un chalé o casa sola.

–Luz. Hay que solicitar el Bono Social de la Luz a la empresa eléctrica comercializadora que le facture la luz. Solo son cinco o seis empresas. No todas ofrecen el Bono Social. Solicitarlo a la empresa y tendrá que enviar los documentos que le pidan.

–Bono térmico. Si consigue el Bono Social, el térmico es automático. No hace falta solicitarlo. Se lo tramitan desde la Comunidad autónoma. Es un dinero que te ingresan. Ya sería para 2026 y ahora todavía están pagando 2024.

–Contratar ayuda en casa. Hay bonificación para familia numerosa 45% en la cuota de la seguridad social para contrato nuevo. NO vale si ya la tienes contratada de antes. Sino tendría que despedirla y al día siguiente contratarla con contrato nuevo.

Esta bonificación fue eliminada (era el artículo 9 de la ley 40/2003 de protección a la familia numerosa), pero como no se ha aprobado la nueva ley reguladora del contrato de ayuda en casa, nos permiten solicitar la bonificación de familia numerosa por ahora ya sean contrataciones previas o nuevas contrataciones de empleados domésticos. Solicitarlo en la Seguridad Social.

 

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Ultimas novedades sobre la bonificación en las cuotas de la Seguridad Social para la contratación de empleados de hogar

viernes, 11 julio 2025 por Afan Pozuelo

Contratar legalmente a una empleada del hogar en 2025 puede suponer un coste importante para las familias. Sin embargo, existen ayudas, bonificaciones y subvenciones a nivel estatal y autonómico que pueden aliviar la carga económica. En esta guía explicamos de forma clara y directa cuáles son las ayudas contratación empleada del hogar 2025 disponibles en España, los requisitos para beneficiarse y cómo solicitarlas. También incluimos enlaces a fuentes oficiales (Seguridad Social y portales autonómicos) para que puedas ampliar la información.

Para seguir leyendo pinche AQUI

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ITP reducido para familias numerosas con tercer hijo en gestación

viernes, 13 septiembre 2024 por Afan Pozuelo

El Tribunal Superior de Justicia reconoce el tipo reducido de ITP para familias numerosas, aunque el tercer hijo esté todavía en gestación.

La Comunidad Autónoma de Madrid, y otras muchas Comunidades, regulan un tipo reducido del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en el caso de la adquisición de vivienda por una familia numerosa. Sin embargo, el problema viene cuando en el momento de comprar la vivienda, el tercer hijo que otorga la condición de familia numerosa y el derecho a aplicar el beneficio fiscal todavía está en gestación.

Tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid de 28-6-2024 (recurso 371/2022) admite que el concebido no nacido cuenta como miembro de la familia, siempre que nazca posteriormente con vida. Por ello, el TSJ permite en estos casos aplicar el tipo reducido del ITP, aunque el hijo todavía no hubiera nacido en el momento en que se adquirió la vivienda.

La sentencia abre la puerta a reclamar la devolución del impuesto pagado de más en la Comunidad de Madrid, cuando éstos se encuentren en el supuesto descrito, y no aplicaron en su día el tipo reducido referido. Ello, iniciando el correspondiente procedimiento de rectificación de autoliquidación y devolución de ingresos indebidos.

Además, si aplicaron el tipo reducido directamente, considerándose familia numerosa, y la Comunidad regulariza ahora su situación, la sentencia comentada posibilita oponerse a la liquidación que se dicte, presentando el oportuno recurso.

Pero, más allá de la Comunidad de Madrid, la sentencia permite defender la aplicación de tipos reducidos que estén previstos en otras normativas autonómicas. Y ello, teniendo en cuenta que la normativa aplicable e interpretada por el TSJ de Madrid es el Código Civil, por lo que esta misma interpretación puede invocarse en otros Tribunales Superiores de Justicia.

Toda la información aquí.

 

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Última hora: Se mantienen las bonificaciones de la seguridad social para las familias numerosas que contraten ayuda en el hogar

viernes, 24 mayo 2024 por Afan Pozuelo

Las familias numerosas que contraten cuidadores podrán seguir beneficiándose del 45% de bonificación en las cuotas a la Seguridad Social, una bonificación que se había suprimido, pero finalmente se ha recuperado y se seguirá aplicando, al menos de forma transitoria hasta que se desarrolle el reglamento de nuevas bonificaciones previsto por el Gobierno.

Ayer jueves se publicó en el BOE la normativa que recoge el mantenimiento de esta medida para las familias numerosas –Real Decreto 2/2024 de 21 de mayo-, que detalla (Disposición adicional tercera bis) que será de aplicación a los contratos que se hagan desde el 1 de abril de 2024, es decir, con carácter retroactivo desde esa fecha.

La Federación Española de Familias Numerosas (FEFN) ha mostrado su satisfacción por el mantenimiento de esta bonificación, que, a su juicio, es una medida importante para la conciliación en los hogares con más hijos, ya que facilita que las familias compaginen trabajo y familia y contribuye a la inserción laboral de los padres y madres de familia numerosa, en especial de éstas últimas, las que a menudo renuncian al trabajo y se dedican mayoritariamente al cuidado de los hijos o familiares dependientes. La FEFN espera que el mantenimiento de la misma no sea algo transitorio y que se mantenga para siempre, para apoyar a las familias numerosas, que tienen mayor número de hijos y, por tanto, mayores necesidades de conciliación.

La bonificación en la Seguridad Social para familias numerosas es un beneficio recogido en la Ley de Protección a las Familias Numerosas, supone la reducción del 45% en las cuotas que el empleador, en este caso la familia, abona a la Seguridad Social por el trabajador contratado para atender necesidades de cuidado de niños o personas dependientes que convivan en el domicilio familiar, con el requisito de que los dos progenitores trabajen fuera de casa, salvo si son familias numerosas de categoría especial (a partir de 5 hijos), en cuyo caso no se exige este requisito (se aplica si solo uno de los dos trabaja fuera de casa).

Si habéis realizado una nueva contratación durante este tiempo, es decir, desde el 1 de abril hasta el día de hoy, ya podéis solicitar la bonificación que os corresponde y además solicitar la devolución de los importes que habéis pagado indebidamente.

Todas estas gestiones podéis realizarlas a través del portal de la Tesorería de la Seguridad Social 

Os dejamos el ENLACE para el registro electrónico, para que puedas modificar tus datos como empleador de hogar AQUÍ y también la r GUÍA para el empleo del hogar.

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El Gobierno se plantea prorrogar la bonificación en las Seguridad Social para empleados de hogar

viernes, 05 abril 2024 por Afan Pozuelo

El Gobierno se plantea mantener la bonificación del 45% en las cuotas de la Seguridad Social para familias numerosas que contraten personal de apoyo en el hogar, según han informado a la Federación Española de Familias Numerosas (FEFN) fuentes de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso. Esta bonificación expiraba el 1 de abril de este año, fecha a partir de la cual se aplicarían otras deducciones sujetas a renta, aunque finalmente el Gobierno aplicará su vigencia más allá del 1 de abril, lo que supone que las familias numerosas que contraten personal de apoyo en el hogar a partir de ese día podrán seguir aplicándola (y con carácter retroactivo desde esa fecha: 1 de abril).

Esta bonificación para familias numerosas está recogida en la Ley 40/2003 de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, y supone la reducción del 45% en las cuotas a abonar a la Seguridad Social al contratar personal de apoyo para el cuidado de los hijos y la familia, con el requisito de que se trate de familias de categoría especial (a partir de 5 hijos) o de que trabajen fuera de casa ambos progenitores si son familia numerosa de categoría general.

Su aplicación se vio alterada en 2023, cuando el Gobierno aprobó el Decreto de Empleados Domésticos para mejorar y regular las condiciones laborales de los trabajadores de hogar y, aprovechando esta normativa, decidió modificar las bonificaciones para los empleadores, incluida la de familias numerosas. El mencionado decreto la elimina, en favor de otras bonificaciones que se aplicarán con requisitos de renta y patrimonio, si bien el desarrollo reglamentario de estas nuevas bonificaciones no se ha realizado aún.

Apoyo a la conciliación

La FEFN se ha manifestado en reiteradas ocasiones en contra de la supresión de esta bonificación, que supone un alivio económico para las familias numerosas, es una medida de apoyo a la conciliación en estos hogares, que tienen mayores necesidades de conciliación, y que además incentiva la contratación en el sector de los servicios domésticos. La medida facilita, a la vez, que las madres, que son las que se ocupan mayoritariamente de los cuidados familiares, se incorporen al mercado laboral, ya que en numerosas ocasiones, estas mujeres optan por quedarse en casa por las dificultades de compaginar los horarios de trabajo con el cuidado de los hijos.

 

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Aviso: Solicitud bonificación de IBI antes del 31 de diciembre

martes, 28 noviembre 2023 por Afan Pozuelo

Os insistimos en la necesidad de solicitar la bonificación del IBI antes del 31 de diciembre de este año para que pueda ser aplicada en 2024.

Como en la mayoría de los casos vuestro Título de Familia Numerosa ha sido renovado automáticamente en este 2023, es IMPRESCINDIBLE que presentéis una nueva solicitud de bonificación de IBI antes de que finalice el año aportando vuestro nuevo Título de FN en vigor.

Advertencia: en los casos en los que el título aportado junto a la solicitud de bonificación caducaba este año y ha sido renovado de forma automática por la Comunidad de Madrid.

Si el título de familia numerosa que presentó junto con la solicitud de bonificación caduca este año y le ha sido renovado de forma automática (conforme a la Resolución 4135/2022, de 1 de diciembre, de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad y el Decreto 30/2023, de 5 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid), le recordamos que para seguir disfrutando de la bonificación deberá presentar, si no lo hubiera hecho todavía, una nueva solicitud, aportando copia del certificado del título renovado (que puede obtener en la app familia numerosa de la Comunidad de Madrid, ó en la sede electrónica de esta Comunidad).

Desde el Ayuntamiento de Pozuelo nos insisten que hay aún muchas familias numerosas no habéis realizado esta gestión.

Como sabéis, podéis presentar la Solicitud de forma telemática o de forma presencial en:

Oficinas de Atención al Ciudadano (OAC): Oficinas de Atención al Ciudadano (OAC).
Órgano de Gestión Tributaria Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

Oficina de Atención Integral al Contribuyente, Plaza Mayor, 1, planta baja.
Horario: de 9:00 a 14:00 h. (de lunes a viernes)
Teléfonos: 91 452 27 04

Para cualquier consulta, podéis contactar con  la Oficina de Atención al Contribuyente a través de los teléfonos 914522704, 914522705, 914522719 o 914522700 ext.2469 (de 9h a 14h de lunes a viernes) y del correo electrónico att.contribuyente@pozuelo.madrid (Política de privacidad). (Debe indicar su nombre y apellidos, DNI, teléfono y asunto de referencia).

Información IBI Pozuelo 

Aquí podéis descargar la solicitud: Solicitud de bonificación en el IBI para familias numerosas 2023

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Gestiones que ya admiten el nuevo Título de Familia Numerosa digital

jueves, 31 agosto 2023 por Afan Pozuelo

Desde el área comercial del Canal de Isabel II nos confirman que están admitiendo como válidos los títulos y tarjetas digitales que cuentan con código QR seguro de verificación, el certificado digital del título de familia numerosa y/o tarjeta individual o el certificado de vigencia del título de Familia Numerosa. (todo ello disponible en la APP de Familias Numerosas de la Comunidad de Madrid).

Os recordamos que si vuestro título caduca en breve, una vez se os actualice automáticamente desde la Dirección de Familia de la Comunidad de Madrid (aplicación móvil Familias Numerosas), debéis enviar los nuevos documentos digitales al Canal para justificar que cumplís con las condiciones para seguir disfrutando de la bonificación.

Su servicio de Atención al Cliente está disponible a través del teléfono gratuito 900 365 365, de lunes a viernes en horario de 8:00 a 20:00 horas, su Oficina Virtual (oficinavirtual.canaldeisabelsegunda.es) y su Centro de Atención al Cliente (solicitando cita previa).

Como ya os adelantábamos, el Consorcio de Transportes también admite ya los nuevos carnets digitales para las renovaciones en los abonos transporte de las familias numerosas. Más info Consorcio Transportes

Por otra parte, IBERDROLA también acepta ya los carnets digitales de Familia Numerosa para la gestión del bono social al que nos podemos acoger las familias numerosas.

Hemos informado al Ayuntamiento de Pozuelo de los cambios en la expedición y renovación de los Títulos de Familia Numerosa y las nuevas formas en las que podemos acreditar nuestra condición de familia numerosa para el acceso a las bonificaciones municipales (IBI, Deportes, actividades culturales, etc.) y hemos solicitado que adapten sus procedimientos para que acepten los nuevos carnets digitales y los nuevos certificados digitales de familia numerosa.

Os insistimos en que debéis comunicar vuestra renovación del Titulo de Familia Numerosa a todas las empresas o instituciones en las que tengáis bonificaciones para no perderlas, pues en ellas sigue constando el Título antiguo con la fecha de caducidad anterior, si no lo comunicáis, podéis perder las bonificaciones que os corresponden.

Os dejamos aquí los enlaces de las bonificaciones más frecuentes de las que disfrutáis:

Ayuntamiento: IBI, actividades deportivas, actividades culturales, actividades educativas, etc…

Bono social de la luz: Iberdrola Energía XXI, Curenergía 

Agua: Canal de Isabel II

Abono Transportes: Consorcio de Transportes

Tesorería de la Seguridad Social (Triptico+Sistema+Especial+Empleados+Hogar_Esp)

Matrículas universidad: consultar

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Aclaración sobre la bonificación de las cuotas de la Seguridad Social para empleados de hogar

jueves, 25 mayo 2023 por Afan Pozuelo

La bonificación del 45% en las cuotas de la Seguridad Social que se ha estado aplicando a las familias numerosas que contrataran personal de apoyo en el hogar no se prorroga 1 año, como inicialmente nos informaron, solo se prorrogó de forma transitoria hasta la aprobación de la Ley 11/2023 de 8 de mayo, de Transposición de Directivas de la Unión Europea, una normativa «cajón» en la que se incluyen diversas cuestiones, entre otras algunas relativas a las nuevas bonificaciones que se establecen en la contratación de personal doméstico, que fueron modificadas en el Real Decreto de Empleados de Hogar aprobado en 2022.

Desde la Federación Española de Familias Numerosas, y tras confirmarlo con el Servicio Público de Empleo (SEPE), hace unas semanas informamos de la prórroga de 1 año en la aplicación de la bonificación del 45% en las cuotas a la Seguridad Social para las familias numerosas que contrataran personal de apoyo en el hogar, pero finalmente no será así. Dicha bonificación ha dejado de aplicarse en los nuevos contratos, si bien los anteriores al 1 de abril de 2023, fecha fijada por el Real Decreto de Empleados de Hogar, mantendrán la bonificación hasta la extinción del contrato que da derecho a la bonificación.

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Veto a las enmiendas de apoyo a las familias numerosas- actualización

lunes, 21 noviembre 2022 por Afan Pozuelo

La semana pasada os informábamos de las enmiendas de apoyo a las familias numerosas que los grupos parlamentarios de PP y PDCAT habían presentado al proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) 2023. Pues bien, no serán finalmente debatidas, ya que el Gobierno las ha vetado por razones económicas, alegando que su aprobación supondría un aumento de gasto, o una reducción de ingresos, para las cuentas públicas.

las Federaciones y Asociaciones de Familias Numerosas hemos recibido con sorpresa este veto del Gobierno a las enmiendas, al considerar que son un instrumento participativo de los grupos parlamentarios y que vetarlas supone negar de raíz dicha participación, ya que se impide que las propuestas de las diferentes formaciones políticas, para enmendar y mejorar un texto del Gobierno, sean planteadas y votadas.

El veto no afecta sólo a las enmiendas de familias numerosas, sino a otras muchas presentadas por diferentes grupos al proyecto de presupuestos, en total, alrededor de 1.000 que no han sido admitidas.

Bonificación en la Seguridad Social

Entre las enmiendas relativas a familias numerosas que finalmente no serán votadas, dos de ellas, presentadas por PDCAT y PP, solicitaban recuperar la bonificación para familias numerosas en las cuotas a la Seguridad Social en la contratación de personas de apoyo al hogar, que el Gobierno suprimió hace unas semanas aprovechando la nueva regulación de los empleados domésticos.

Esperamos que dicho derecho se pueda finalmente recuperar y, en este sentido, espera que el Gobierno «no vete también las enmiendas en el proyecto de Ley de empleados domésticos», cuya tramitación está aún abierta.

El resto de enmiendas que han sido rechazadas eran peticiones de los populares para mejorar el apoyo a las familias con más hijos, mejorando las deducciones fiscales y amplíando la prestación por nacimiento de la Seguridad Social en el caso de familias numerosas (2.000 €). También se pedía mantener la condición de familia numerosa hasta que el hijo cumpla los 26 años y conceder la categoría especial a familias de cuatro hijos, además de recuperar la antigua prestación por hijo a cargo y elevar la escala de incrementos en 0,15 adicional por cada hijo a partir del tercero para el acceso al IMV.

Ver enmiendas

 

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