Bono térmico 2024
BONO TÉRMICO para las familias numerosas que son beneficiarias del bono social luz
A partir de enero de 2025 se va a ir abonando el bono térmico de 2024.
- Publicado en Noticias
El Tren de las Familias acompañó a SSMM los Reyes Magos repartiendo ilusión por las calles de Pozuelo
En la tarde más mágica del año, nos unimos al cortejo de SSMM recorriendo las calles de Pozuelo repartiendo ilusión, alegría y muchos caramelos.
El Tren de las Familias es uno de los momentos que año tras año preparamos con muchísima ilusión en el que compartimos con muchos socios este día tan emocionante y recordando a todos nuestros vecinos que «La familia es el mejor regalo».
- Publicado en Noticias
¡Feliz año nuevo, familias!
¡Desde AFAN Pozuelo os deseamos un muy feliz año 2025 lleno de momentos especiales en familia!
Aquí tenéis un resumen de las actividades que hemos organizado estas navidades: V Concurso Virtual de Belenes en familia, Ruta de Belenes y Cabalgata de Reyes
- Publicado en Noticias
Excursión de Senderismo-La Pedriza- con guía de Educación Medioambiental- Sábado 18 y Sábado 25 de Enero 2025
SENTIMOS COMUNICAROS QUE ESTA ACTIVIDAD PREVISTA PATA EL PRÓXIMO SÁBADO 25 DE ENERO HA SIDO CANCELADA A CAUSA DE LA PREVISIÓN METEOROLÓGICA. SENTIMOS LAS MOLESTIAS
Fedma con Dreampeaks organiza salidas guiadas de senderismo y educación medioambiental para que las familias con sus hijos descubran y conozcan la fauna, flora y geología de nuestras montañas y el Parque Nacional de Sierra de Guadarrama de Madrid. Este programa es apto para todos las edades durante las 4 estaciones.
La seguridad rigurosa, el aprendizaje de forma entretenida y progresiva, la superación de nuevos retos, el ejercicio físico en espacios naturales y la participación son los fundamentos de todas nuestras propuestas.
La actividad está dirigida por Técnicos Deportivos y Guías Titulados a nivel nacional e internacional.
Descripción de la Ruta: La Pedriza
La Pedriza es un gran batolito granítico situado en la vertiente sur de la sierra de Guadarrama, dentro del municipio español de Manzanares el Real, en el noroeste de la Comunidad de Madrid. Este berrocal está formado por numerosos riscos, paredes rocosas, canchales, arroyos y praderas. Es una zona de gran interés geológico, paisajístico y deportivo.
Duración de la actividad : 4 horas aproximadamente.
Distancia: Entre 6 y 8 km.
Lugar: La Pedriza. Manzanares el Real. Parque Nacional Sierra de Guadarrama.
PUNTO DE ENCUENTRO CON GOOGLE :
PARKING DE EL TRANCO
Avenida de la Pedriza, 77-71, 28410 Manzanares el Real, Madrid
https://maps.app.goo.gl/PrgqeuJWHhq9U1pT7
HORARIO Y PROGRAMA DE ACTIVIDAD CON PARADAS: DE 10:00 H A 14:00 H.
-09:00 h – Recepción del grupo de familias en punto de encuentro. Organización por grupos y monitores. Comienzo de la ruta.
-11:30 h. Merienda de media mañana y continuación de la ruta.
-13:00 h parada para almuerzo durante la ruta. Continuación de ruta y regreso a punto de salida.
-Aproximadamente a las 14:00 h. fin de actividad.
PRECIO
PRECIO: 20€ por familia. (21% IVA incluido).
INCLUYE:
Guías de Montaña Titulados.
Ruta medioambiental de senderismo en La Pedriza.
Contenidos y dinámicas educativas y lúdicas durante la ruta.
Material colectivo de seguridad y botiquín.
Seguro de Accidentes y Responsabilidad Civil.
21% IVA.
RESERVA Y PAGO
SE PUEDE REALIZAR EL PAGO DE RESERVA MEDIANTE TRANSFERENCIA BANCARIA EN EL SIGUIENTE NÚMERO DE CUENTA:
DREAMPEAKS MS SL
IBAN ES0400495124622116440633
ES04 0049 5124 6221 1644 0633
Recuerda indicar «senderismo familias numerosas + fecha» en la operación realizada.
LISTA DE EQUIPO RECOMENDADO:
-Pequeña Mochila de día.
-Botas de senderismo o Zapatillas de deporte. Calcetines gordos de abrigo.
-Ropa deportiva adecuada a la época del año.
-Forro polar o sudadera.
-Chaqueta de abrigo o chubasquero.
-Gorro y guantes de abrigo.
-Crema de protección solar y barra protector labial.
-Agua o bebida isotónica tipo Aquarius (1 litro).
-Almuerzo y snacks (bocadillos, sándwiches, fruta, barritas, frutos secos, etc.).
-IMPORTANTE: Medicación personal en caso de alergias, diabetes, asma, etc…
- Publicado en Actividades
Cambio en la jurisprudencia del Tribunal Supremo para poder recuperar lo abonado del impuesto de la plusvalía municipal
Cambio en la jurisprudencia del Tribunal Supremo para poder recuperar lo abonado del impuesto de la plusvalía municipal para aquellos casos en los que hubo una pérdida patrimonial y el ayuntamiento emitió una liquidación que se convirtió en un acto administrativo firme.
El abogado Carlos Rivero, del despacho jurídico Afeplus, con el que FEDMA tiene un acuerdo de colaboración, ha destacado que la relevancia de esta sentencia reside en que se reconoce el derecho a la devolución del impuesto en casos de venta a pérdidas de un inmueble con liquidación firme.
Esto significa que, incluso en aquellos casos en los que el Ayuntamiento haya emitido una liquidación del impuesto y el contribuyente no recurrió dentro del plazo de un mes o recibió una resolución desestimatoria, se abre la posibilidad de obtener la devolución del impuesto.
Durante años el abogado ha venido planteando la nulidad de pleno derecho de la liquidación firme como único procedimiento para recuperar lo pagado indebidamente ante muchos Ayuntamientos.
Tras la sentencia del Tribunal Supremo de febrero de 2024, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 9 de Madrid ha reconocido este derecho, siguiendo el criterio establecido por el Tribunal Supremo.
La Sentencia en sus fundamentos de derecho, señala lo siguiente:
«El mandato del artículo 161.1º a) en relación al artículo 164.1, ambos de la CE, no requiere, ya lo hemos dicho, de desarrollo normativo alguno, y, desde luego, no admite que ninguna ley limite los efectos de la inconstitucionalidad queridos por la Constitución, y desde luego los artículos 39.1 y 40.1 LOTC no lo hacen. Por tanto, no cabe sostener una interpretación jurisprudencial que condujera al resultado de limitar aquello que la Constitución impone, y por ello, cuando el Tribunal Constitucional declara la inconstitucionalidad de una ley y al mismo tiempo no determina nada sobre los efectos temporales de esa declaración, la regla aplicable es la retroactividad, la remoción de efectos, y ese efecto se reconduce a la categoría de nulidad.»
El abogado Carlos Rivero, entiende que la extensión de efectos la sentencia del Tribunal Supremo puede incluso permitir que resoluciones administrativas firmes de cualquier Ayuntamiento de España, siempre y cuando procedan de una venta a pérdidas, que no fueron recurridas en el Juzgado pero que están basadas en unos fundamentos de derechos que posteriormente se reconocieron inconstitucionales, puedan ser revocadas o nulas de pleno derecho.
Por ejemplo, el Ayuntamiento de Majadahonda, es uno de los Ayuntamientos que tiene aprobado el sistema de gestión del impuesto mediante liquidación, es decir, el contribuyente solo tenía de plazo un mes para presentar un recurso de reposición, en caso contrario la liquidación se convertía en firme y ya era muy difícil conseguir revertir la situación, pero para los casos de venta a pérdidas de un inmueble, aunque haya pasado el mes o incluso si recurrió y tuvo resolución desestimatoria, será posible recuperar lo pagado, junto con los intereses de demora.
Por tanto, en ese municipio probablemente hay muchos contribuyentes afectados que pueden recuperar lo abonado por el impuesto de la plusvalía municipal.
Por ello, para resolver cualquier duda, presta asesoramiento sin coste alguno a todas aquellas personas que lo necesiten.
Contacto: Carlos Rivero
Abogado.
AFEPLUS. Despacho Jurídico.
Web: www.afeplus.es
Tlf. 686 288 805
- Publicado en Legislación
Familias Numerosas pide un mecanismo corrector en la nueva “cuota de solidaridad” que tenga en cuenta el número de hijos
La Federación Española de Familias Numerosas (FEFN) rechaza que se fijen unos ingresos para esta nueva aportación a la Seguridad Social sin considerar las circunstancias familiares de cada trabajador
La FEFN reclama un criterio justo para equilibrar el sistema de pensiones, que valore y no penalice a las familias numerosas, “las que más aportan”
Madrid, 19 de diciembre 2024. La Federación Española de Familias Numerosas quiere mostrar su rechazo a la “cuota de solidaridad” que el Gobierno empezará a aplicar a primeros de año a los salarios por encima de 58.900 euros y que, según la FEFN, debería eximir a las familias numerosas o ajustar su aportación, ya que ellas “hacen ya una aportación solidaria a la sociedad en forma de capital humano”.
Esta “cuota de solidaridad” es una cotización adicional que se aplicará desde el próximo 1 de enero a los trabajadores que superen un determinado salario, con la finalidad de incrementar los recursos de la Seguridad Social y poder hacer frente a todo el gasto de pensiones. La FEFN entiende que el Gobierno necesite reforzar el fondo para poder pagar las jubilaciones, ya que los niveles de natalidad, actualmente en mínimos, son totalmente insuficientes; sin embargo, considera que las familias numerosas ya están aportando con sus hijos más futuros cotizantes que el resto, y este aporte debe ser reconocido a la hora de aplicar la “cuota solidaria”.
Con o sin personas a cargo
Las familias numerosas rechazan además que la medida se fije en un salario sin más, sin tener en cuenta las circunstancias familiares, es decir, si la persona que ingresa 59.000 euros tiene un 1 hijo, 5 hijos o ninguno. “Lógicamente si tienes 4 o 5 hijos, y teniendo en cuenta lo que cuesta la alimentación, la educación, la ropa y el calzado, etc., necesitas un salario mayor que si no tienes a ninguna persona a cargo”, explican desde la FEFN.
En este sentido, la FEFN destaca el informe publicado recientemente por Save the Children, que fija en 754 euros al mes el coste de criar a un hijo en España, una cantidad que explica que las familias con varios hijos necesiten tener más ingresos, “ingresos que pueden considerarse altos pero que no lo son para nada si se tiene en cuenta el contexto familiar”, destacan desde la FEFN.
La Federación insiste en que “no se puede considerar igual, a la hora de aplicar esta cuota de solidaridad, a un trabajador con un salario de 59.000 euros que no tenga cargas familiares que a otro con el mismo sueldo y 4 hijos que dependen de él, ya que ambos tendrán que pagar la misma cotización extra”. Y “es doblemente injusto porque la riqueza, el poder adquisitivo de uno y otro es muy diferente, y también la aportación a la Seguridad Social, ya que uno está también “cotizando” en forma de capital humano, aportando futuros cotizantes para mantener el sistema de bienestar y garantizar las pensiones”, añaden las mismas fuentes.
Redistribución “no equitativa”
Según la FEFN, esta medida “solidaria” resulta totalmente injusta en su planteamiento, ya que no ajusta la carga contributiva en función del número de dependientes, lo que supone una mayor presión económica para las familias con más hijos, que precisamente son las que más aportan a la sociedad. La “cuota de solidaridad” se presenta como una medida redistributiva para financiar el sistema de pensiones, pero esta redistribución no es equitativa si se aplica uniformemente, sin considerar las responsabilidades familiares. Así, un trabajador que tenga que mantener a tres personas -él y dos dependientes- con un sueldo de 58.000 euros no tendrá que aportar la cotización extra solidaria con el conjunto de la sociedad, mientras que uno que tenga 4 hijos y por tanto cinco personas a su cargo, con un sueldo de 59.500 euros anuales, sí tendrá que hacerlo. En el primer caso, la renta per cápita es de 19.000 euros; mientras que en el segundo no llegaría a los 12.000 euros.
La FEFN recuerda que las familias numerosas aportan significativamente a la sociedad, al contribuir al crecimiento demográfico y al sostenimiento del sistema de pensiones a largo plazo, y por ello deberían recibir un trato diferenciado que refleje su mayor esfuerzo económico y su aporte a la sostenibilidad del sistema de pensiones. Las familias numerosas cuentan con tres hijos de media, según el Estudio sobre las Familias Numerosas en España, llegando a triplicar la tasa de fertilidad actual que se sitúa en 1,16 hijos, la tasa más baja de toda la UE.
Por ello, la FEFN pide que se corrija el planteamiento de la medida que se empezará a aplicar el 1 de enero, estableciendo un mecanismo corrector que resulte más justo con los trabajadores en función de sus hijos.
- Publicado en Noticias
Las familias numerosas podrán obtener su título digital con un solo clic a partir de 2025
La Comunidad de Madrid ha dado un importante paso hacia la digitalización de los trámites administrativos que beneficiará directamente a las familias numerosas. A partir del primer trimestre de 2025, estas familias podrán solicitar el título y las tarjetas individuales de Familia Numerosa de manera totalmente digital y con un solo clic, gracias a la integración de este servicio en la aplicación de la Cuenta Digital.
Ventajas clave para las familias numerosas
- Agilidad en el proceso: Este nuevo sistema elimina la necesidad de desplazarse a oficinas físicas y de presentar documentos que ya obren en poder de la administración, simplificando el trámite considerablemente.
- Gestión personalizada: La Cuenta Digital adapta su interfaz a las necesidades específicas de los usuarios, sugiriendo ayudas y beneficios a los que podrían acceder las familias numerosas.
- Notificaciones automáticas: Las familias recibirán avisos sobre la apertura de plazos para renovar el título o acceder a otros beneficios, garantizando que no pierdan oportunidades importantes.
- Acceso desde cualquier lugar: A través de un dispositivo móvil, las familias podrán realizar todo el trámite, incluyendo la firma de documentos o el pago de tasas, directamente desde la aplicación.
- Reducción de costes y tiempo: Al digitalizar este proceso, se disminuyen tanto los costes administrativos como el tiempo que las familias deben dedicar a estos trámites.
La Cuenta Digital, seguirá incorporando nuevas funcionalidades para cubrir una mayor variedad de trámites y necesidades.
- Publicado en Noticias
Ayudas material escolar de Pozuelo
Se acaba de publicar la resolución definitiva de las ayudas de material escolar de este curso 2024/25.
En el documento encontrareis:
- Tener por desistidas las solicitudes relacionadas en el Anexo I que no han subsanado defectos o no han aportado la documentación preceptiva, en el plazo establecido, para la concesión de la ayuda,
- La denegación de las solicitudes relacionadas en el Anexo II por el incumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria
- La concesión de las ayudas a favor de los beneficiarios que cumplen los requisitos establecidos en el apartado quinto de la convocatoria, por los importes individuales indicados en el Anexo III y que ascienden a 414.000.00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 03.3261.48000 denominada “Servicios complementarios de Educación. Ayudas a familias e instituciones sin fines de lucro” del estado de gastos del presupuesto 2024 (Nº de operación 22024001766 ).
- La exclusión de las solicitudes relacionadas en el Anexo IV por no alcanzar el crédito presupuestario autorizado.
Consultad el listado para conocer si definitivamente vais a percibir las ayudas solicitadas
- Publicado en Noticias
Descuentos Casa del Libro
La Casa del Libro ofrece a las familias numerosas asociadas un 5% de descuento sobre algunos productos del catálogo web de Casa del Libro + Gastos de envío gratis*.
También 5% en productos de papelería.
*Oferta exclusiva online y no acumulable a otras ofertas.
Descuento de producto aplicable a productos vendidos únicamente por Casa del Libro. Gastos de envío gratis en pedidos superiores a 18€ y para territorio Español, en el resto de destinos se aplicará un descuento de 5€.
- Publicado en Educación

























