Denunciamos sanciones de Hacienda a familias que desconocen que deben declarar el bono térmico en el IRPF
La Federación Española de Familias Numerosas ha tenido noticia de la sanción que reciben muchas familias por parte de la Agencia Tributaria, por no declarar el bono térmico, la ayuda para calefacción que da el Gobierno a los hogares considerados vulnerables.
A pesar de su carácter asistencial, esta ayuda tributa y debe declararse en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, muchas familias lo desconocen y se encuentran con la sorpresa de la sanción por parte de la Agencia Tributaria una vez presentada la declaración.
A pocos días de que comience la campaña de la Renta, la FEFN quiere denunciar la indefensión de las familias que se encuentran con la notificación de Hacienda “sin tener ni idea de ello” y “el sinsentido que supone pagar una multa por una ayuda que se te ha concedido y de la que vas a perder la mitad o un tercio”, explican fuentes de esta entidad. Las multas de las que ha tenido noticia la FEFN están entre los 94 y los 118 euros.
El bono térmico es una ayuda del Estado, que se gestiona a través de las comunidades autónomas, para cubrir parte de los gastos de calefacción en hogares considerados vulnerables, para garantizar un mínimo de bienestar a sus beneficiarios. Su importe varía en función de la zona geográfica, más o menos fría, y el grado de vulnerabilidad, situándose en 2025 entre los 139 y los 400 euros, que se dan en un pago único.
La FEFN cree que “no puede considerarse un ingreso, es una prestación que tiene un fin social muy claro, que es proteger a hogares vulnerables, con pocos recursos y muchos niños, como las familias numerosas, para que no pasen frío”. Por ello, pide que esté exento de tributación y así se le va a trasladar al nuevo ministro de Hacienda, Arcadi España, al que la FEFN va a enviar una carta en estos días.
Obligación de informar
Hasta entonces, la FEFN cree que el Gobierno tiene que proteger a las familias informando de ello y facilitando que puedan declararlo. Para ello, pide que “siempre se indique que el bono está sujeto a IRPF en la carta que la administración envía a cada beneficiario cuando se le notifica que va a recibir el bono térmico”, explica la FEFN. Hay comunidades, como Castilla y León, que sí informan de que esta ayuda ‘está sometida al IRPF como ganancia patrimonial, pero otras, como la Comunidad Valenciana o Castilla-La Mancha, no hacen ninguna referencia a la necesidad de declararla en la Renta. “La administración está obligada a informar a las familias”, destaca la FEFN.
Además, pide que Hacienda incluya por sistema esta ayuda en el borrador de la declaración, ya que puede ser que no esté recogido, “las familias validan el borrador y luego se encuentran con la sanción sin comerlo ni beberlo y sin haber tenido ninguna intención de no declararlo porque se trata de una ayuda”.
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4ª Lista de beneficiarios del Bono Térmico 2024 de 7 julio 2025. Lista 1 (3/03/25) Lista 2 (17/03/25) Lista 3 (28/03/25)
Una nueva lista (lista 4) de beneficiarios se acaba de publicar el pasado 7 de julio.
Os recordamos que si no queréis recibir dicha cantidad tenéis un plazo para rechazarlo.
Nos avisan desde la Dirección General de Integración, que tramita el bono térmico, que ha salido publicada una lista con errores en la cuenta bancaria de algunas familias.
PODEIS CIONULTAR LOS LISTADOS EN LA WEB DE LA COMUNIDAD DE MADRID- BONO TERMICO
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Bono térmico
Recientemente se han publicado noticias sobre que finalmente se mantienen los descuentos hasta que finalice el año 2024 pero dicha enmienda aún no está ratificada ni publicada en el proyecto de ley. Ver noticia Bono social de la luz
Según nos indican desde la Federación Española de Familias Numerosas “la enmienda a la que os referís se acaba de introducir en un proyecto de ley, pero está pendiente de que se apruebe por lo que de momento se mantiene esa bonificación del 57,5 y 72,5 por ciento hasta final de año”.
Por lo tanto, a lo que debemos atenernos es a estas cifras de descuento:
Octubre-Diciembre: 57,5 y 72,5%
Enero-Marzo: 50% y 65%
Abril-Junio: 42,5% y 57,5%
Julio 2025: 35% y 50%
Por otro lado, como os adelantamos hace semanas, hemos hablado con la Subdirección de Integración que gestiona todo lo referente al pago del Bono Térmico y nos dicen:
«Está previsto que publiquemos una única resolución antes de 31 de diciembre.» Están intentando que aporten las cuentas bancarias los que no las habían aportado en estos días, para cerrar estos años, de aquellos que no han presentado aún la cuenta bancaria.
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Quejas al Defensor del Pueblo
Hace unas semanas, enviamos una queja al Defensor del Pueblo por los retrasos en el pago del bono térmico correspondientes al año 2021 y 2022. Ha sido admitida a trámite así que, os mantendremos al tanto en cuanto obtengamos respuestas.
Por otra parte en los próximos días redactaremos otra queja para presentar ante este organismo por la derogación mediante el Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar del ARTÍCULO 9 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas
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