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Tag: nuevos permisos paternidad

Aprobados los nuevos permisos laborales por cuidado de hijos, te recordamos qué novedades hay

viernes, 12 septiembre 2025 por Afan Pozuelo

El Congreso de los Diputados ha aprobado el Real Decreto de ampliación de permisos laborales por cuidado de hijos, que el Gobierno aprobó a finales de julio para cumplir, con un año de retraso, la normativa impuesta por la Unión Europea en materia de conciliación. Dicho Decreto, que queda ya confirmado con este trámite, recoge tres nuevas semanas remuneradas de permiso laboral por cuidado de hijo, que se distribuyen así:

  • Una semana, que se suma al permiso existente por nacimiento de hijo, de 16 semanas para madres y padres. Éste pasa a ser de 17 semanas para cada uno de ellos, las 6 primeras semanas serán seguidas al nacimiento, ininterrumpidas e intransferibles y las 11 semanas restantes a disfrutar de diferente forma durante los 12 primeros meses de vida del menor.
  • Se crean dos semanas de permiso remunerado por cuidado de hijo hasta que éste cumpla 8 años. Se reconocen a cada trabajador y podrán disfrutarse, previa solicitud a la empresa, hasta que el menor cumpla dicha edad. Son independientes de las 8 semanas que ya había no remuneradas, que se mantienen de igual forma, sin retribuir, como un derecho de los trabajadores, pero a cuenta de su salario.

Discapacidad, parto múltiple y monoparentales

Estos permisos se aplicarán tanto en caso de nacimiento, como adopción, acogimiento o guarda, y tendrán en cuenta algunas situaciones y circunstancias especiales. Así, el permiso por nacimiento se amplía en 2 semanas en caso de discapacidad y por parto múltiple. Por su parte, las monoparentales ven reconocido su derecho a un permiso ‘doble’ para el cuidado de hijos -sobre el que ya se había pronunciado la Justicia-. En concreto, podrán acogerse a un total de 28 semanas por nacimiento y 4 semanas remuneradas por hijos menores de 8 años, con el fin de que estos niños tengan los mismos días de cuidados familiares que los de familias con dos progenitores.

Letra pequeña, fecha de aplicación

Los permisos suponen una mejora en conciliación para padres y madres, pero llegaron, y así han quedado, con letra pequeña en cuanto a la fecha de aplicación. La nueva semana por nacimiento de hijo se puede disfrutar desde el 31 de julio, fecha de la entrada en vigor del  Real Decreto tras su publicación en el BOE. En cuanto a las 2 semanas por hijo menor de 8 años, habrá que esperar a enero de 2026 para poder acogerse a ellas, y además sólo se aplicará a hijos nacidos a partir de agosto de 2024, la fecha en la que expiró el plazo dado por la UE para cumplir la directiva de conciliación.

La Federación Española de Familias Numerosas reitera que con esta fecha, que el Gobierno ha planteado como una «retroactividad» del permiso retribuido, se aprueba una medida que no tiene que ver con lo anunciado, la remuneración de 4 de las 8 semanas de permiso por cuidado de hijos menores de 8 años existentes, y se quedan fuera miles de padres y madres que ya tienen hijos menores de 8 años y esperaban con impaciencia poder acogerse a ellas para paliar sus problemas de conciliación en días sin cole, vacaciones…

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Aprobados nuevos permisos laborales para favorecer el cuidado de hijos y otros familiares

jueves, 29 junio 2023 por Afan Pozuelo

Los trabajadores con hijos contarán a partir de ahora con algunas facilidades para compaginar el desempeño de su actividad laboral con el cuidado familiar, gracias a los nuevos permisos aprobados por el Gobierno para favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar, los tres que estaban recogidos en la Ley de Familias que finalmente no ha sido aprobada por el adelanto electoral. El Gobierno los ha incluido en un Real Decreto, junto a otras cuestiones diversas, que ya está ya publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por lo que entrarán en vigor de forma inmediata, al día siguiente de su publicación, es decir, el 30 de junio de 2023.

-CUIDADOS: 5 días al Año. Retribuido:

El primero de los permisos supone 5 días al año por cuidado de un familiar por enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica que no requiera hospitalización pero sí cuidados. Podrá solicitarse por un familiar hasta segundo grado, como abuelos, hermanos o nietos, o cualquier persona con la que se conviva.

-CAUSA DE FUERZA MAYOR: 4 días al Año. Retribuido:

El segundo permiso retribuido es un permiso de 4 días al año por causa de fuerza mayor, por ausencia del trabajador para atender a un familiar que requiera atención inmediata, que se podrá disfrutar por horas.

-PARENTAL: 8 semanas. NO retribuido:

Por último, se ha aprobado un permiso parental no remunerado de 8 semanas para trabajadores con hijos hasta los 8 años, que podrán disfrutar dichos trabajadores por razones de cuidado de los hijos. Este permiso podrá disfrutarse a tiempo completo o a tiempo parcial, de forma continua o discontinua, hasta que el menor cumpla 8 años.

-REDUCCIÓN DE JORNADA:

Se amplía el derecho a la reducción de jornada a quienes necesiten cuidar de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad del cónyuge o pareja de hecho. Y se extiende este derecho para el cuidado de hijos o personas a cargo con discapacidad, menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave, cuando el grado de discapacidad supere el 65% y se acredite antes de cumplir los 23 años.

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