Aviso IBI 2024 Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón
El Ayuntamiento de Pozuelo nos comunica que el Órgano de Gestión Tributaria ha remitido una carta (la adjuntamos a continuación) a aquellos contribuyentes que, siendo beneficiarios de la bonificación por familias numerosas en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tenían deuda pendiente de pago en período ejecutivo en el Ayuntamiento el 31/12/2023.
Os recordamos que uno de los requisitos para tener derecho a esta bonificación, es que los sujetos pasivos del impuesto se encuentren al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
El plazo para pagar dichas deudas vence el próximo día 31/01/2024.
Si no regularizáis las deudas pendientes antes del 31/01/24, perderéis la bonificación del IBI por familia numerosa.
Carta enviada a los contribuyentes beneficiarios de la bonificación con deudas pendientes de pago:
Estimad@ contribuyente:
De acuerdo con los datos obrantes en nuestros ficheros, figura usted como beneficiario de la bonificación que para familias numerosas o por la instalación de sistemas para el aprovechamiento de la energía solar prevé nuestra vigente Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
El disfrute de estas bonificaciones se encuentra condicionado a que el sujeto pasivo beneficiario de las mismas se encuentre al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón a 1 de enero del ejercicio del devengo de la cuota que vaya a ser objeto de bonificación.
Según la información obrante en este órgano, dado que a fecha 31/12/2023 tenía deudas pendientes de abono con este Ayuntamiento, le recordamos que debe abonar las mismas antes del próximo día 31 de enero, para que no pierda el derecho a la bonificación citada. En el supuesto de que perdiese el derecho a la bonificación, deberá presentar una nueva solicitud para poder disfrutar de ella en ejercicios sucesivos.
Podrá solicitar información de las deudas pendientes y obtener, en su caso, un documento para efectuar el pago en:
Oficina de Atención Integral al Contribuyente
Telf. 914522704, 914522705, 914522719 o 914522700 ext.2469
Email: att.contribuyente@pozuelo.madridA través de la Oficina Virtual Tributaria si dispone de certificado digital, dni electrónico o cl@ve – https://ovtpozuelodealarcon.tributoslocales.es/
Asimismo, le sugerimos que, para evitar olvidos en el pago de sus obligaciones tributarias, las domicilie. Puede encontrar información de cómo hacerlo en la web municipal (Más servicios / Hacienda / Trámites / Domiciliación bancaria). Pulse aquí para acceder.
Si a la recepción de este escrito ya se encontrara al corriente de pago, disculpe las molestias.
Atentamente,
El Área de Gobierno de Economía, Hacienda, Digitalización y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón
Esta cuenta de correo no acepta respuestas, para cualquier duda o consulta relacionada con temas tributarios puede contactar a través del correo electrónico att.contribuyente@pozuelo.madrid y del teléfono 91452 27 04 (de 9h a 14h de lunes a viernes).
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Aviso Bonificación IBI Ayuntamiento de Pozuelo
El Ayuntamiento de Pozuelo, nos ha hecho llegar un comunicado para difundirlo entre las familias numerosas. Como sabéis, para poder disfrutar de la bonificación del IBI para el año próximo, es requisito INDISPENSABLE tener el Título de Familia Numerosa en vigor el 1 de enero y haber pedido la bonificación antes del 31 de diciembre.
Si vuestro Título de Familia Numerosa caducaba en este 2021 y no habéis solicitado aun la Bonificación de IBI, debéis presentarla antes del 31 de diciembre adjuntando el nuevo Título. Si aún no habéis renovado vuestro Título y tenéis cita con posterioridad al 31 de diciembre para hacerlo, nos sugieren que presentéis igualmente la Solicitud de Bonificación de IBI dentro de plazo (antes del 31 de diciembre) aportando el justificante de haber solicitado la renovación del Título y en el momento que tengáis el nuevo, presentar el original y copia en el Ayuntamiento.
Para evitar incidencias, con la consiguiente perdida de la bonificación, el Ayuntamiento ha tenido a bien enviar una carta a los contribuyentes cuyo título de FN caducaba en 2021 para explicarles el procedimiento y evitar que pierdan la bonificicación.
Si tenéis alguna duda, podéis contactar con nosotros.
Os adjuntamos la carta que se ha remitido a 350 familias numerosas de Pozuelo:
De acuerdo con los datos obrantes en nuestros ficheros, figura usted como beneficiario, respecto del inmueble abajo referenciado, hasta el presente ejercicio 2021, de la bonificación que para familias numerosas prevé nuestra vigente Ordenanza Fiscal reguladora delImpuesto sobre Bienes Inmuebles.
El disfrute de esta bonificación se encuentra condicionado a ciertos requisitos, entre ellos la vigencia del título de familia numerosa y ser titular del inmueble.
Si su título de familia numerosa caduca este año y lo hubiera renovado, le recordamos que para seguir disfrutando de la bonificacióndeberá presentar, si no lo hubiera hecho todavía, una nueva solicitud, aportando copia del título renovado. En caso de que no tuviera aún el título renovado podrá solicitar la bonificación con el justificante de haber solicitado la renovación[1] y en el momento en el que obtenga el título deberá presentarlo ante esta Administración. El plazo para presentar la solicitud vence el próximo día 31 de diciembre de 2021[2].
Si hubiera adquirido otro inmueble que vaya a constituir su vivienda habitual en este municipio, le recordamos que deberá presentar nueva solicitud de bonificación para el nuevo inmueble.
Podrá encontrar en nuestra página web (www.pozuelodealarcon.org) toda la información y el modelo de solicitud (en el apartado: Más servicios / Hacienda / impuestos, tasas y precios públicos / Bonificaciones).
Para solucionar cualquier duda estamos a su disposición en la Oficina de Atención Integral al Contribuyente (sita en la casa consistorial, Plaza Mayor s/n); tfnos 914522704, 914522705, 914522719 o 914522700 ext.2469, de lunes a viernes en horario de 09:00 a 14:00h email: recaudacion@pozuelo.madrid
Inmueble bonificado:
Dcción. Objeto tributario |
[1] Se admitirá como justificante la solicitud presentada ante la administración debidamente registrada, pero no el justificante de haber solicitado cita previa para la renovación. Se recuerda que la normativa reguladora de la materia permite que pueda solicitarse la renovación del título de familia en los tres meses anteriores a la finalización de su período de vigencia.
[1] Consulte horarios y días hábiles de apertura de los registros públicos o, en su caso, el cómputo de plazos en el registro electrónico (art. 31 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
[1] Se admitirá como justificante la solicitud presentada ante la administración debidamente registrada, pero no el justificante de haber solicitado cita previa para la renovación. Se recuerda que la normativa reguladora de la materia permite que pueda solicitarse la renovación del título de familia en los tres meses anteriores a la finalización de su período de vigencia.
[2] Consulte horarios y días hábiles de apertura de los registros públicos o, en su caso, el cómputo de plazos en el registro electrónico (art. 31 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
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