Recuperación de la Categoría Especial para las familias numerosas que la habían perdido antes de 2015
Algunas de las «peleas» que tenemos con la Administración terminan en vía judicial y los tiempos se alargan mucho.
Así ha ocurrido con el título de familia numerosas desde que en agosto de 2015 se aprobó una modificación de la Ley de protección a la infancia. En esta ley se aprobó una Disposición Final Quinta (DF5ª) y también se aprobó en dicha ley una Disposición Transitoria 5ª (DT5ª)
Pues bien, tuvimos que pelear que estas Disposiciones mantenían el TÍTULO de familia numerosa, y ese TÍTULO engloba la CONDICIÓN y la CATEGORÍA. Es decir, que si dice que se mantiene el TÍTULO, se mantiene la CONDICIÓN Y LA CATEGORÍA. Para conseguir que este punto fuera aplicado, tuvimos que recurrir a los tribunales otra vez.
En febrero de 2019 se consiguió, mediante recurso contencioso a través de una familia perjudicada de la Asociación de Familias Numerosas de Madrid que quiso ponerse al frente del recurso y así ayudar a las demás familias numerosas con el mismo problema, una Sentencia favorable del Tribunal Supremo sobre esta cuestión: si se mantiene el Título de familia numerosa se mantiene también la categoría especial.
Sin embargo, lejos de terminarse los problemas, la Administración volvió a reinterpretar la sentencia y la ley y quedaba pendiente el tema de la retroactividad. Así que las familias que antes de 2015 habían perdido la categoría especial porque alguno de sus hijos iba cumpliendo la edad para salir del título, se quedaban sin mantener la categoría especial, cometiéndose así la injusticia y discriminación entre los hijos de la misma familia que NO podían beneficiarse por igual de los beneficios de ser familia numerosa.
Así que volvimos a los tribunales y en febrero de 2023 conseguimos otra sentencia favorable para recuperar la categoría especial a las familias que la habían perdido antes de 2015.
Como este asunto está transferido a las Comunidades Autónomas, la Dirección de Familia de la Comunidad de Madrid ha tenido que aprobar una Instrucción que ya está operativa para adecuar esta sentencia a la legalidad concreta de la Comunidad de Madrid, así que todas aquellas familias numerosas que perdieron la Categoría Especial y no la han recuperado todavía, deben solicitarlo a la Dirección General de Familia de la Comunidad de Madrid.
La tramitación de estas solicitudes se hará del mismo modo que se solicita el título o la modificación de los títulos en la actualidad:
- Por REGISTRO de manera presencial
- O telemáticamente online a través de la SEDE ELECTRÓNICA
instruccionescomunidad de madrid sobre asuntos referidos a los titulos de familia numerosa
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