Bonificaciones de Familia Numerosa en el Consocio de Transportes, renovación y solicitud
Debido a las acciones realizadas por las Asociaciones de Familias Numerosas hace unas semanas hemos logrado que el Consorcio de Transportes de Madrid tenga en cuenta nuestras peticiones respecto a los descuentos de Familia numerosa y su activación mediante el título digital.
Son muchas las familias que de aquí a octubre deberán actualizar su bonificación. El Consorcio de Transportes ha enviado un aviso a estas familias cuyo Titulo de Familia Numerosa caduca próximamente, indicándoles que se dirijan a una oficina TTP para renovar la tarjeta y que no se pierda la bonificación de familia numerosa.
Por eso os recordamos las siguientes implicaciones para la obtención y/o renovación de la Tarjeta de Transporte Público:
- Se debe acreditar individualmente el plazo de vigencia del título de cada persona porque es distinto según la fecha de nacimiento.
- La acreditación de la condición y plazo de vigencia de beneficiario de Familia Numerosa se realizará mediante la presentación de la tarjeta individual, o de un certificado que indique el plazo de vigencia individual y de su categoría (general o especial), en un formato que permita ser escaneado. Es decir, que hay que imprimir el certificado digital en el que aparezcan todos los miembros de la familia y con su fecha individual de plazo de vigencia. Puedes obtenerlo aquí.
Para evitar incidencias, os recomendamos que el día de la cita llevéis a la oficina:
- La Tarjeta de Transporte Público.
- Documento original acreditativo de identidad y fecha de nacimiento (DNI,Pasaporte, NIE, libro de familia o certificado de nacimiento).
- El Título o Certificado Individual de pertenencia a familia numerosa en soporte impreso, para que pueda ser escaneado (se puede descargar desde la APP de familias numerosas de la Comunidad de Madrid)
- En caso de ser menor de 18 años el punto anterior se podrá sustituir por el Certificado colectivo de la familia numerosa.
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Sobre el Abono Transportes
RESOLUCIÓN de 21 de enero de 2021, de la Dirección-Gerencia del Consorcio Regional de Transportes de Madrid, por la que se aprueban las instrucciones sobre las condiciones, forma y procedimientos de compensación y regularización relativos a los títulos de transporte.
En dicha Resolución en su art 4.5 se establece la Regularización de colectivos por tarifas bonificadas. En dicho artículo se regula la forma y procedimiento de solicitud de la bonificación de familia numerosa en los títulos de transporte y que os reproducimos en este mail para vuestro conocimiento:
4.5. Regularización de colectivos por tarifas bonificadas:
4.5.1. Descripción: Los efectos respecto de la condición de familia numerosa, se producen desde el momento de la presentación de la solicitud del reconocimiento, ante la autoridad competente de tal reconocimiento. Sin embargo, la bonificación de los títulos de transporte solo es posible aportando al CRTM la documentación justificativa en vigor. Por ello, una vez presentada dicha documentación justificativa procede regularizar los importes abonados desde la fecha de solicitud del reconocimiento de familia numerosa al momento de la justificación ante el CRTM.
4.5.2. Forma y procedimiento de regularización: En caso de primera solicitud, procede la regularización al usuario de la siguiente forma:
— Comprobación de la validez del título de familia numerosa presentado por el usuario.
— Comprobación de la fecha de solicitud y fecha de expedición.
— Devolución de importe, resultante de la diferencia entre la tarifa sin bonificar y la tarifa bonificada. Esta devolución conlleva un procedimiento de abono diferido en el tiempo que se realizará mediante transferencia bancaria. En la oficina de gestión del CRTM se abrirá el expediente para su posterior estudio y resolución del mismo.
En el caso de renovaciones del título de familia numerosa, el CRTM ampliará la bonificación durante cuatro meses desde la caducidad del título actual; tiempo que se considera suficiente para la tramitación de dicha renovación. Para ello el usuario se dirigirá a una oficina de gestión del CRTM, donde presentará la solicitud de renovación del título de familia numerosa.
En el caso de que la tramitación de la renovación exceda de los cuatro meses señalados, se realizará la compensación como se ha indicado para el caso de primera solicitud.
Si en el transcurso de los cuatro meses de ampliación, el usuario recibe el título renovado, deberá acudir a una oficina de gestión para notificar su nueva fecha de caducidad del título de familia numerosa.
4.5.3. Condiciones de aplicación: El usuario dispone de un mes, a partir de la fecha de resolución del reconocimiento o renovación del título oficial de familia numerosa, para acudir a una oficina de gestión del CRTM y realizar los trámites de regularización. Transcurrido dicho plazo se entiende que el usuario ha desistido del derecho de regularización. En todo caso el derecho de bonificación podrá ejercerlo en todo momento mientras mantenga su condición de beneficiario.
Recarga de Tarjeta de transporte desde el móvil: Todos los usuarios del transporte pueden cargar su tarjeta a través de la App de carga que el CRTM ha desarrollado. Al leer la tarjeta por NFC en la aplicación, están incluidos los descuentos por familia numerosa y el importe será el mismo que en las máquinas de Metro o Cercanías. Con la aplicación móvil Tarjeta de Transporte Público se pueden recargar con todos los títulos de transporte salvo los billetes sencillos, en las mismas condiciones que en cualquier otro punto de venta física (estancos, metro, etc.). Al leer la tarjeta por NFC en la aplicación, están incluidos los descuentos por familia numerosa y el importe será el mismo que en las máquinas de Metro o Cercanías. Los ciudadanos que se encuentren en renovación del título de familia numerosa, tienen que acudir a una OO.GG con el título caducado y la solicitud de renovación y en el momento se le ampliarán 4 meses la validez del descuento para que tenga tiempo a recibir el nuevo título. Se ha establecido es el plazo de un mes para que el usuario acuda a notificar esa renovación del título a la oficina. Si pasa un mes desde que el usuario ha recibido el título renovado, no ha acudido a la oficina y carga títulos a un precio más alto del que le corresponde, no se regularizaría ese importe abonado de más. El Consorcio de Transporte tiene disponible un mail para información a los usuarios: tarjetatransportepublico@madrid.org |
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Transportes de Madrid: bonificación de familia numerosa en los títulos de transporte
Desde la Dirección General de Familia nos informan de la forma y procedimiento de solicitud de la bonificación de familia numerosa en los títulos de transporte.
Os adjuntamos la RESOLUCIÓN de 21 de enero de 2021, de la Dirección-Gerencia del Consorcio Regional de Transportes de Madrid, por la que se aprueban las instrucciones sobre las condiciones, forma y procedimientos de compensación y regularización relativos a los títulos de transporte.
En dicha Resolución en su art 4.5 se establece la Regularización de colectivos por tarifas bonificadas. En dicho artículo se regula la forma y procedimiento de solicitud de la bonificación de familia numerosa en los títulos de transporte y que os reproducimos en este mail para vuestro conocimiento:
4.5. Regularización de colectivos por tarifas bonificadas:
4.5.1. Descripción: Los efectos respecto de la condición de familia numerosa, se producen desde el momento de la presentación de la solicitud del reconocimiento, ante la autoridad competente de tal reconocimiento. Sin embargo, la bonificación de los títulos de transporte solo es posible aportando al CRTM la documentación justificativa en vigor. Por ello, una vez presentada dicha documentación justificativa procede regularizar los importes abonados desde la fecha de solicitud del reconocimiento de familia numerosa al momento de la justificación ante el CRTM.
4.5.2. Forma y procedimiento de regularización: En caso de primera solicitud, procede la regularización al usuario de la siguiente forma:
— Comprobación de la validez del título de familia numerosa presentado por el usuario.
— Comprobación de la fecha de solicitud y fecha de expedición.
— Devolución de importe, resultante de la diferencia entre la tarifa sin bonificar y la tarifa bonificada. Esta devolución conlleva un procedimiento de abono diferido en el tiempo que se realizará mediante transferencia bancaria. En la oficina de gestión del CRTM se abrirá el expediente para su posterior estudio y resolución del mismo.
En el caso de renovaciones del título de familia numerosa, el CRTM ampliará la bonificación durante cuatro meses desde la caducidad del título actual; tiempo que se considera suficiente para la tramitación de dicha renovación. Para ello el usuario se dirigirá a una oficina de gestión del CRTM, donde presentará la solicitud de renovación del título de familia numerosa.
En el caso de que la tramitación de la renovación exceda de los cuatro meses señalados, se realizará la compensación como se ha indicado para el caso de primera solicitud.
Si en el transcurso de los cuatro meses de ampliación, el usuario recibe el título renovado, deberá acudir a una oficina de gestión para notificar su nueva fecha de caducidad del título de familia numerosa.
4.5.3. Condiciones de aplicación: El usuario dispone de un mes, a partir de la fecha de resolución del reconocimiento o renovación del título oficial de familia numerosa, para acudir a una oficina de gestión del CRTM y realizar los trámites de regularización. Transcurrido dicho plazo se entiende que el usuario ha desistido del derecho de regularización. En todo caso el derecho de bonificación podrá ejercerlo en todo momento mientras mantenga su condición de beneficiario.
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