Se acaba de abrir el periodo de subsanación defectos u omisiones de las solicitudes de ayudas por nacimiento o adopción correspondientes al tercer cuatrimestre de 2024 (niños nacidos entre el 1 septiembre y el 31 de diciembre de 2024). El plazo de subsanación es de 10 días (hasta el 24 de septiembre).
Debéis de consultar el listado que se adjunta en el anuncio y verificar cual es el defecto o la omisión de vuestra solicitud (aparece el código en el recuadro derecho)
Por ejemplo: 8.5, 4.1.2, 4.1.3, 4.2.
4.1.2:
Los dos progenitores, adoptantes o acogedores deberán estar empadronados en Pozuelo de Alarcón y al menos uno de ellos, con una antigüedad mínima de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento.
4.1.3:
Será necesario acreditar que los solicitantes son propietarios, arrendatarios o titulares de algún derecho real de uso o disfrute de una vivienda en Pozuelo de Alarcón durante el periodo de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento y, al menos, hasta el fin del plazo de presentación de solicitudes.
4.2:
Los beneficiarios de la ayuda deberán estar al corriente de las siguientes obligaciones, a la fecha de finalización del plazo de presentación de las subsanaciones:
4.2.1. Obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 4.2.2 Obligaciones con la Seguridad Social.
4.2.3. Obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
Nota informativa
Principales puntos de la convocatoria de las Ayudas de nacimiento, adopción o acogimiento, que habitualmente son motivo de subsanación:
- 4.1.2 No queda acreditado el requisito de padrón (2 años anteriores al nacimiento del bebé).
- 4.1.3 No queda acreditado el requisito de derecho de uso y disfrute de vivienda (2 años anteriores al nacimiento del bebé).
- 4.2 No se han podido comprobar las deudas (falta de autorización por no presentar ANEXO I).
- 4.2.1 Tiene Obligaciones Tributarias con Hacienda.
- 4.2.2 No estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
- 4.2.3 No estar al corriente de pago con Ayto. de Pozuelo de Alarcón.
- 8.5 No aporta ANEXO I (obligatorio en todos los casos) con la firma de los progenitores.
- 9.6 Necesario presentar el libro de familia o certificado de nacimiento.
Ver anuncio de subsanación y listado
Convocatoria Ayudas nacimiento
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