Se mantiene hasta el 1 de abril la bonificación en las cuotas a la Seguridad Social en contratos de cuidadores
La bonificación del 45% en las cuotas a la Seguridad Social para familias numerosas por contratación de personas de apoyo en el hogar seguirá vigente hasta que se produzca el desarrollo reglamentario de las bonificaciones del 30-45% sujetas a renta o patrimonio o hasta el 1 de abril de 2024.
La bonificación del 45% es un derecho recogido desde su aprobación en la Ley de Familias Numerosas para las familias que contraten personal de apoyo en el hogar, pero en 2022 el Gobierno lo suprimió dentro del nuevo decreto que regula los derechos de empleados de hogar. Esta supresión fue denunciada por la Federación Española de Familias Numerosas, considerando que con ello se quitaban apoyos a la conciliación en las familias numerosas, las que más necesidades tienen de conciliación.
La supresión de este derecho afectaba a nuevos contratos, o sea, los anteriores a la normativa mantienen el 45% de bonificación, pero en los posteriores ya no se aplicaría esta reducción; sin embargo, este cambio no ha sido efectivo, ya que el Gobierno no ha desarrollado aún las nuevas bonificaciones, las que serán del 30/45% y dependerán de la renta y el patrimonio.
Esta circunstancia, es decir, el retraso en el desarrollo reglamentario de las nuevas bonificaciones, ha quedado recogida en la disposición final undécima del Real Decreto 11/2023 y supone que provisionalmente las familias numerosas mantienen la bonificación del 45% en las cuotas a la Seguridad Social en las nuevas contrataciones de empleadas del hogar hasta abril de este año y se aplica con carácter retroactivo a aquellas familias que tengan derecho a dicha bonificación, con contratos recientes y no hubieran pedido dicha bonificación por entender que ya no se aplicaba.
¿Cómo solicitarla? Podéis hacerlo hasta el 31 de marzo.
Si os encontráis en esta situación (habéis contratado a una nueva persona de ayuda en casa) y no habéis solicitado la bonificación, podéis solicitarla ahora (con efectos desde la fecha de alta del nuevo trabajador) y además, podéis reclamar las cantidades que hubierais pagado indebidamente en la Tesorería de la Seguridad Social. Entrar en Sede Tesoreria
Debéis acceder a vuestro «área personal» y buscar “Enviar Solicitud”. Rellenáis la solicitud indicando que es para la solicitud de la bonificación por familia numerosa (debes incluir el Título de Familia Numerosa o Certificado)
https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/solicitudes/enviar
Si tienes algún problema, puedes contactar con la Seguridad Social en este teléfono (atienden rápido)
91 542 11 76
91 541 02 91
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