Bono Térmico 2020
Este año, también se dará la ayuda del bono térmico. Se aplicará de oficio, es decir, de forma automática, a todos aquellos consumidores que estén acogidos al bono social eléctrico, en concreto, a los que lo estuvieran a fecha de 31 de diciembre de 2019, que percibirán automáticamente la ayuda económica para gastos de calefacción.
La cuantía va de los 25 a los 130 euros, en un solo pago, dependiendo la cantidad de la zona climática donde esté situada la vivienda, si es más o menos fría, y el grado de vulnerabilidad de la familia.
Gestión a cargo de las CC.AA.
Este año, la gestión del bono corre a cargo de las Comunidades Autónomas, siendo cada Comunidad quien realice las comunicaciones a los beneficiarios, mediante la correspondiente carta, y quien gestionará directamente el pago. Al ser una ayuda que se aplica de oficio, no tenéis que hacer nada, salvo esperar la carta informativa y posteriormente el pago, siempre y cuando cumplan los requisitos de los colectivos a los que se aplica este Bono Térmico.
Para más información se puede consultar página web del Ministerio (http://www.bonotermico.gob.es/), llamar al 91 314 66 73 o escribir ciudadano@idae.es.
Información sobre Bono Social de Energía XXI
Energía XXI, Comercializadora de Referencia de Endesa nos informa su servicio de facilitar la próxima renovación del Bono Social o solicitud para aquellos que lo necesiten solicitar por primera vez.
El Bono Social caduca cada dos años, excepto para el colectivo de familias numerosas beneficiarias del bono social, que no deben renovarlo cada dos años, sino cuando les caduque su título de familia numerosa.
Debido a la situación extraordinaria desencadenada por el Covid-19, el Gobierno prorrogó la caducidad de los bonos socialesque expirasen durante el periodo de alarma, hasta el próximo 30 de septiembre de 2020.
Recientemente Energía XXI, Comercializadora de Referencia de Endesa, ha enviado comunicaciones a todas las personas afectadas por esta medida, avisando de la próxima caducidad del bono social para que procedan a su renovación, recomendando 15 días hábiles antes de esa fecha, según establece la norma.
Las familias numerosas cuyo título caduque con posterioridad al 30 de septiembre, serán informadas debidamente mediante carta del periodo de renovación de su bono.
Como información adicional, debido al Covid-19, algunas CCAA han acordado prorrogar la vigencia de los títulos y carnets de familia numerosa que fueran a caducar dentro de un periodo determinado.
En esos casos, cuando las familias numerosas procedan a la renovación del bono y presenten un título de familia numerosa caducado (cuya vigencia se haya prorrogado en su CCAA), han de indicar este hecho para que sea tenido en cuenta en su solicitud, de modo que su bono social se ampliará por un periodo igual al que se haya ampliado la vigencia del título de Familia Numerosa, contando desde el momento en que le caducó.
¿Qué canales de atención pone Energía XXI, Comercializadora de referencia de Endesa, a los clientes?
Debido a la actual situación provocada por el coronavirus Covid 19 y para extremar las precauciones, se recomienda a los clientes que prioricen el uso de canales digitales para realizar su solicitud. Los canales habilitados al respecto son:
1. APPEnergía XXI BONO SOCIAL: Los Clientes pueden renovar su bono social a través de la App EnergíaXXI Bono Social disponible para iOS y Android. Pueden buscarla y descargarla en: www.energiaxxi.com, apartado Bono Social
2. En www.energiaxxi.com, apartado Bono Social pueden:
• Encontrar toda la información sobre requisitos (folleto)
• Descargar el formulario pdf.
• Consultar las vías para presentar la renovación.
3. Por E-mail, a través del buzón bonosocial@energiaxxi.com
4. Por correo postal: Apartado de Correos nº1167, 41080 Sevilla.
5. En Oficinas y Puntos de servicio:
En las oficinas existe a disposición de los Clientes un código QR para descargar las instrucciones de solicitud.
Asimismo, se ha habilitado atención personalizada para Bono Social.
¿Qué documentación deben presentar para renovarlo las Familias Numerosas?
Documentación:
Formulario Bono Social cumplimentado y firmado por toda la unidad familiar.
Fotocopia del NIF o NIE del titular del punto de luz y de todos los miembros de la unidad familiar (incluidos los mayores de 14 años con capacidad de obrar y los menores de 14 años que dispongan de él).
En el caso de que el titular forme parte de una unidad familiar, libro de familia o certificación de la hoja individual del Registro Civil de cada uno de los integrantes de la unidad familiar. • Registro Civil; Autoridad Competente .
Certificado de empadronamiento en vigor, individual o conjunto, del titular y de todos los miembros de la unidad familiar. • Oficinas de Atención a la Ciudadanía; Ayuntamientos.
Fotocopia del título de familia numerosa en vigor. • Oficinas de Atención a la Ciudadanía; Secciones de Familia de las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales
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