FAMILIA NUMEROSA CON HIJO MENOS DE 5 AÑOS
Si vuestros ingresos no superan los límites, podéis cobrar 1.000 € en un solo pago por cada hijo nacido o adoptado en los últimos cinco años. No tributan en el IRPF.
Es una ayuda que existe desde 2007, pero muchas familias numerosas no la conocen. Y no hace falta pedirla nada más nacer el bebé: hay cinco años de plazo desde el nacimiento o la adopción.
¿Quién puede pedirla?
Uno de los progenitores, siempre que viváis en España y que los ingresos de la familia no superen ciertos límites. Se tienen en cuenta los ingresos del año anterior al nacimiento o la adopción. Estos son los límites para los hijos nacidos o adoptados en 2026:
- Familia numerosa con tres hijos: hasta 23.109 € al año.
- Por cada hijo a partir del cuarto: el límite sube 3.745 €.
Si os pasáis un poco del límite, puede que cobréis una parte de la ayuda. Para hijos de años anteriores se aplican los límites de su año de nacimiento.
¿Cómo se pide?
En el INSS. Podéis hacerlo de varias formas:
- Por internet, en la sede electrónica de la Seguridad Social, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- Sin certificado, con un selfi y vuestro documento de identidad, en tramites.seg-social.es.
- En persona, en una oficina del INSS, o por correo postal.
Necesitaréis el DNI o NIE, el libro de familia o el certificado de nacimiento, el título de familia numerosa y un justificante de ingresos.
Además, esta ayuda es compatible con las de la Comunidad de Madrid y las de vuestro ayuntamiento.
Nuestra opinión
Esta ayuda lleva congelada en 1.000 € desde 2007. En casi veinte años, el coste de criar a un hijo no ha parado de subir, y los límites de ingresos dejan fuera a la gran mayoría de las familias numerosas de Madrid. Por eso seguiremos pidiendo que se actualice y llegue de verdad a quienes la necesitan.
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