Esta semana ha salido una sentencia del Tribunal Supremo a favor de una familia con 4 hijos procedentes de dos partos gemelares, a la que el Gobierno de Canarias había negado la categoría especial. Como sabéis, la Ley de Familias Numerosas establece que son de categoría especial las familias con 4 hijos cuando 3 de ellos procedan de parto, adopción o acogimiento múltiple. El Supremo ha dado la razón a la familia, estableciendo que cuando se habla de 3 hijos de parto múltiple no significa que sean de un solo parto, y que además tener dos pares de gemelos requiere de tanto esfuerzo y dedicación como tener trillizos. La sentencia es importante para reafirmar el necesario cambio en este artículo de la Ley, cuya redacción debe ser más clara para que no quede a la interpretación de cada Comunidad Autónoma, como ocurre ahora.
Si quieres consultar la sentencia, puedes hacerlo aquí