Os comunicamos que dentro de unos días se abre el plazo de solicitud de las Ayudas por nacimiento, adopción o acogida que ofrece el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón para los niños nacidos, acogidos o adoptados en el primer trimestre de 2025 (entre el 1 de enero y 30 de abril de 2025).
Id preparando la documentación para presentarla cuanto antes dentro del plazo establecido, que es muy reducido.
- Para los nacidos, adoptados o acogidos en el período comprendido entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2024, el plazo de presentación de solicitudes será del 26 de mayo al 6 de junio del 2025. (convocatoria cerrada)
- Para los nacidos, adoptados o acogidos en el período comprendido entre el 1 de enero y 30 de abril de 2025, el plazo de presentación de solicitudes será del 16 al 27 de junio de 2025.
- Para los nacidos, adoptados o acogidos en el período comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de agosto de 2025, el plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 15 de septiembre de 2025.
Normalmente, la documentación a aportar junto a la solicitud es:
- Libro de Familia o certificación del Registro Civil que acredite la composición de la unidad familiar. Las personas extranjeras que no dispongan de la anterior documentación, con certificado del consulado o embajada en España de su país, donde conste el matrimonio, filiación, fecha de nacimiento, discapacidad, estado civil y nivel de ingresos familiares.
- Resolución judicial o administrativa acreditativa de la adopción o acogimiento.
- Convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio.Resolución judicial, denuncia por impago de alimentos o cualquier otro documento que acredite que el menor está a cargo, exclusivamente, del solicitante, si en el Libro de Familia constan dos progenitores (familia monoparental).
- Certificado que acredite el supuesto de movilidad geográfica por razones laborales
- Contrato de arrendamiento y prórrogas
- Declaración jurada y fotocopia del DNI del titular de la vivienda, y acreditación de la titularidad de la misma
- Nota simple registral que acredite la titularidad de la vivienda
- Para el supuesto en que se alegue la discapacidad del nacido o adoptado, certificado/resolución acreditativo/a de que tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 33% (*)
Estas ayudas van desde los 1.500 hasta los 2.700 €.
Os seguiremos informando!

