ATENCIÓN: Antes del 31 de diciembre tenéis que solicitar las bonificaciones en la Tasa de Basuras para 2026.
Las bonificaciones aprobadas tras la modificación de la Tasa el pasado mes de septiembre, de las que ya os informamos en su día son las siguientes:
- Reducción por instalación de sistemas de compostaje doméstico o comunitario: que será del 10% en las viviendas y del 20% en centros de uso educativo / docente
- Reducción del 30% respecto de la vivienda habitual de los sujetos pasivos que sean perceptores de pensión de jubilación
- Reducción del 5% por aportaciones a puntos limpios
- Reducción del 95% a favor de las entidades sin fines lucrativos
- Reducción del 95% a favor de los sujetos pasivos que se encuentren en situación de riesgo de exclusión social
- Bonificación a favor de familias numerosas: Se aplicará una bonificación sobre la cuota tributaria en aquellos inmuebles de uso residencial que constituyan la vivienda habitual de los sujetos pasivos y sus familias, que ostenten la condición de titulares de familia numerosa el día 1 de enero del ejercicio para el cual se solicite, con arreglo a los siguientes porcentajes, determinados en función de la categoría de familia numerosa:
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- CATEGORIA GENERAL: 20%
- CATEGORIA ESPECIAL: 50%
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IMPORTANTE: Esta bonificación se aplicará de oficio con los mismos requisitos, en las mismas condiciones y con idénticas excepciones que las previstas para la bonificación que a favor de las familias numerosas se establece en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Por ello, no es necesario solicitarla, salvo en el supuesto de que el titular de familia numerosa resida en la vivienda habitual en régimen de alquiler, en cuyo caso deberá presentar la solicitud en la misma forma y con los mismos requisitos que los establecidos para el IBI (más información: puse aquí).
Os insistimos en que la BONIFICACION DE FAMILIA NUMEROSA NO HAY QUE SOLICITARLA SI TENEIS CONCEDIDA LA BONIFICACIÓN DEL IBI. Esta bonificación de IBI también hay que solicitarla antes del 31 de diciembre si vuestro Titulo de Familia Numerosa ha sido renovado este año 2025: por cambio de categoría, por obtención del Titulo por primera vez o por haber perdido la bonificación de IBI para este ejercicio 2025 por algún motivo
Las familias numerosas que vivan de alquiler y a las que el propietario vaya a repercutir la Tasa, TIENEN QUE PEDIR LA BONIFICACIÓN antes del 31 de diciembre.
Os recordamos que estas bonificaciones son acumulables, es decir, que por ejemplo, si estáis jubilados y tenéis en vigor el Título de familia numerosa, os podréis beneficiar de ambas.
Aquí podéis acceder a toda la información
Si tenéis alguna consulta, podéis contactar con nosotros

