Publicada la nueva convocatoria de Ayudas por nacimientos, adopciones o acogimientos.
Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas por nacimiento o adopción de hijo/a/s y acogimiento de menor/es, producidos en los siguientes periodos:
- 1º PERIODO: Tercer cuatrimestre de 2025 (nacidos, adoptados o acogidos entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2025).
- 2º PERIODO: Primer cuatrimestre de 2026 (nacidos, adoptados o acogidos entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2026).
- 3º PERIODO: Segundo cuatrimestre de 2026 (nacidos, adoptados o acogidos entre el 1 de mayo y el 31 de agosto de 2026).
Plazo de presentación de solicitudes 1º periodo: para los nacidos, adoptados o acogidos entre el 1 de septiembre y 31 de diciembre de 2025: del 18 al 29 de mayo de 2026.
• Se admitirán las solicitudes correspondientes al periodo inmediatamente anterior (de acuerdo con la fecha del hecho objeto de la subvención y el período de presentación habilitado al efecto), siempre que los interesados no hubieran solicitado la ayuda dentro del periodo que les hubiera correspondido o se hubiera inadmitido por EXTEMPORANEIDAD (en los términos establecidos en la convocatoria).
• Se admitirán las solicitudes correspondientes a la convocatoria de 2025 siempre que a los interesados se les hubiera tenido por DESISTIDOS por resolución firme. La solicitud deberá ser registrada únicamente durante el 1º PERIODO de la convocatoria de 2026.
La ayuda por nacimiento, adopción o acogimiento será de pago único y de hasta 2.700 € de importe por cada hijo nacido, adoptado o acogido, dependiendo de las circunstancias de cada unidad familiar, que se establecen en la presente convocatoria.
La cuantía de la ayuda es la siguiente:
· Con carácter universal: 1.500 €.
· Con ingresos inferiores a 75.000 €/año: 2.000 €.
– En caso de nacidos, adoptados o acogidos con alguna discapacidad igual o superior al 33%, el importe de la ayuda se incrementará en 500 €.
– En aquellos casos en que el nacido, adoptado o acogido sea el segundo menor en nacer, ser adoptado o acogido, el importe de la ayuda se incrementará en 100 €.
– En aquellos casos en que el nacido, adoptado o acogido sea el tercero o sucesivo menor en nacer, ser adoptado o acogido, el importe de la ayuda se incrementará en 200 €.

